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Clio escribió: ↑29 Jul 2026 15:58
Y si no fuese su mujer ¿ podría tener una cátedra sin título ?
A ver si nos enteramos de una puñetera vez y menos criticar sin saber. Sí, se puede perfectamente tener una cátedra sin titulo. Para ello consultar con Docendo Discitur. Consultoría especializada en apoyo a la investigación
1. ¿Qué es una cátedra y cómo se crea?
Una cátedra es uno de los mecanismos que tiene la universidad para insertarse en el tejido social y colaborar con empresas, entidades o personas. Es un paraguas jurídico a través del cual se firma un convenio de colaboración entre la universidad y la entidad que insta la cátedra. En función del interés del tema, cualquier empresa puede instar una cátedra con su nombre (como por ejemplo, las Cátedras PSA-Citroën o Coren en Vigo, la cátedra RECIPLASA en Castellón… ) y luego la universidad valora si es de interés público y su potencialidad. Para ponerla en marcha, debe constituirse una comisión de seguimiento y dotarse de una cantidad variable de fondos, que ha de renovarse cada año de duración de la cátedra. Por dar una cifra orientativa, las cátedras de la Universidad de Málaga exigen un mínimo de 20.000 euros anuales para su constitución.
2. ¿Una cátedra equivale a una plaza de catedrático?
No, en absoluto. Aunque muchos medios juegan torticeramente con esto, nada tiene que ver el título de Doctor con una cátedra (por mucho que la nomenclatura induzca algo de confusión). Como he explicado arriba, una cátedra se establece por convenio de colaboración con instancias externas a la universidad. Una plaza de catedrático es una convocatoria interna de empleo para docentes en ejercicio con plaza de titulares de universidad que ostenten título de Doctores y cumplan una serie de requisitos. Un catedrático es un funcionario docente que debe haber leído su tesis doctoral. Una cátedra es un mecanismo legal, lícito y regulado para que cualquier universidad y su entorno socioeconómico se beneficien mutuamente en aras del interés general.
3. ¿Se puede dirigir una cátedra sin título de Doctor?
Sí; de hecho es habitual. Dependiendo del tema y nivel de especificidad de la cátedra, es posible que los organismos que la sustentan decidan entregar la dirección a alguien con suficiente currículo o experiencia para ello. Desconozco el nivel de estudios finalizados que tiene en su haber Begoña Gómez, pero lo que sí sé es que no está incurriendo en delito ni falta por dirigir su cátedra sin ser Doctora. Dado que hay organismos externos dotando la cátedra, no tendría sentido imponer solo criterios propios de la universidad. A veces, la empresa que le da nombre tiene interés en que una determinada persona de su plantilla la dirija. Se trata de un cargo técnico que puede o no combinarse con algún cargo académico. La comisión de seguimiento revisará periódicamente su labor, tomando decisiones sobre su rendimiento y cumplimiento de objetivos.
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