El requerimiento de la Fiscalía General es un hecho, no demanda prueba. Todo se acomete bajo el paraguas de órdenes de la Fiscalía estadounidense.Ver citas anterioresRegshoe escribió: ↑11 Dic 2025 10:57Pero eso luego hay que demostrarlo, eh?Ver citas anterioresseptimius escribió: ↑11 Dic 2025 10:21Ver citas anterioresEdison escribió: ↑11 Dic 2025 10:01 El pirata sigue pirateando:
https://www.lavanguardia.com/internacio ... zuela.htmlVer citas anteriores...
“Acabamos de incautar un petrolero en la costa de Venezuela, un petrolero grande, muy grande, el más grande jamás incautado, en realidad. Y están sucediendo otras cosas que verán más tarde, y hablaremos de eso con otra gente”, ha afirmado en la apertura de su intervención. “Supongo que nos quedaremos con el petróleo”, ha añadido después, ante la pregunta de un periodista.
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En un comunicado, el Gobierno de Venezuela ha condenado la confiscación como un “acto de piratería internacional” y asegura que el objetivo de Trump “siempre ha sido apoderarse del petróleo venezolano sin pagar ningún tipo de compensación”. El texto sostiene que el presidente de EE.UU. deja claro “que la política de agresión contra nuestro país forma parte de un plan deliberado para saquear nuestros recursos energéticos”.
“No es la migración. No es el narcotráfico. No es la democracia. No son los derechos humanos. Siempre ha sido sobre nuestros recursos naturales, nuestro petróleo, nuestra energía, los recursos que pertenecen exclusivamente al pueblo venezolano”, concluye el comunicado, entre acusaciones a Washington de “abusos imperialistas”.
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Más que pirata, será corsario, dado que tiene licencia de la Fiscalía General y la Secretaría de Estado para incautar material sospechoso de pertenecer al clan de los Soles.
El hilo del expresidente Trump
Re: El hilo del expresidente Trump
Re: El hilo del expresidente Trump
Puede. En tal caso, es un "invento" al que está buscando e intentando capturar la Fiscal General de los Estados Unidos, cosa muy seria. Desde luego, nada que ver con la Fiscalía General que estamos padeciendo en España, como un Ministerio más del Gobierno.Ver citas anterioresEdison escribió: ↑11 Dic 2025 11:14Teniendo en cuenta que este supuesto clan es un invento de USA, ya no vendrá de aquí.Ver citas anterioresRegshoe escribió: ↑11 Dic 2025 10:57Pero eso luego hay que demostrarlo, eh?Ver citas anterioresseptimius escribió: ↑11 Dic 2025 10:21Ver citas anterioresEdison escribió: ↑11 Dic 2025 10:01 El pirata sigue pirateando:
https://www.lavanguardia.com/internacio ... zuela.html
Más que pirata, será corsario, dado que tiene licencia de la Fiscalía General y la Secretaría de Estado para incautar material sospechoso de pertenecer al clan de los Soles.
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Re: El hilo del expresidente Trump
Esta claro, este fiscal tiene suerte de que no hayan puesto unos buenos zapatos de cemento, por ser (presuntamente) un chivato.
Un sistema que condena el desmentido del bulo
Un sistema que condena el desmentido del bulo
Ver citas anteriores“El fiscal general no puede responder a una noticia falsa mediante la comisión de un delito”, así se señala en la sentencia firmada por cinco de los siete magistrados que juzgaron al entonces fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz.
No me voy a dedicar a debatir sobre la inocencia o culpabilidad del fiscal, pero sí me parece interesante esa argumentación, de la que no tengo razones para dudar que se ajuste a Derecho.
Por noticia falsa, el tribunal se refiere a lo difundido por el jefe de Gabinete de la Presidencia de la Comunidad de Madrid, Miguel Ángel Rodríguez.
Expliquemos: Hay un secreto sobre un sumario, sobre ese sumario, un cargo de la oposición difunde un bulo, una mentira. Para combatir esa mentira, el fiscal general del Estado emite una nota de prensa desmintiendo esa información, para lo cual debe difundir una información objeto del secreto sumarial.
Es por ello que es condenado por el Tribunal Supremo.
¿Qué consecuencias sacamos?
1. Que difundir un bulo sobre un sumario secreto no es delito, porque, precisamente al ser una información falsa, no se está revelando ningún secreto del sumario.
2. Que al intentar impedir que los ciudadanos sean víctimas de la desinformación por parte de un alto cargo político, un funcionario del Estado lo desmiente. Ahora, este funcionario sí está difundiendo un contenido del sumario secreto. Por tanto termina condenado.
3. En conclusión, nuestro sistema legal —insisto en que no tengo por qué dudar de que la sentencia no se ajusta a la legalidad vigente— condena al que difunde la verdad para que no seamos víctimas del engaño, y deja sin castigo y con total impunidad al que miente, e incluso reconociéndolo en el transcurso del juicio. “Era un mensaje sin apoyo en ninguna fuente. Yo soy periodista y trabajo en política. No soy un notario que necesite ninguna compulsa”, afirmó en el interrogatorio Miguel Ángel Rodríguez.
Es evidente que nuestro modelo informativo y nuestra legislación se fundamenta en la impunidad de la mentira. El bulo, el engaño sale gratis, incluso ejecutado por un alto cargo político, incluso alardeando de él delante de un tribunal.
Mientras no se hagan los necesarios cambios en nuestras leyes, la mentira seguirá siendo útil para los miserables. Si ningún gobierno está cambiando esas leyes, solo nos queda pensar que a todos les beneficia la mentira en algún momento.
Re: El hilo del expresidente Trump
Ver citas anterioresEdison escribió: ↑11 Dic 2025 16:07 Esta claro, este fiscal tiene suerte de que no hayan puesto unos buenos zapatos de cemento, por ser (presuntamente) un chivato.
Un sistema que condena el desmentido del bulo
Ver citas anteriores“El fiscal general no puede responder a una noticia falsa mediante la comisión de un delito”, así se señala en la sentencia firmada por cinco de los siete magistrados que juzgaron al entonces fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz.
No me voy a dedicar a debatir sobre la inocencia o culpabilidad del fiscal, pero sí me parece interesante esa argumentación, de la que no tengo razones para dudar que se ajuste a Derecho.
Por noticia falsa, el tribunal se refiere a lo difundido por el jefe de Gabinete de la Presidencia de la Comunidad de Madrid, Miguel Ángel Rodríguez.
Expliquemos: Hay un secreto sobre un sumario, sobre ese sumario, un cargo de la oposición difunde un bulo, una mentira. Para combatir esa mentira, el fiscal general del Estado emite una nota de prensa desmintiendo esa información, para lo cual debe difundir una información objeto del secreto sumarial.
Es por ello que es condenado por el Tribunal Supremo.
¿Qué consecuencias sacamos?
1. Que difundir un bulo sobre un sumario secreto no es delito, porque, precisamente al ser una información falsa, no se está revelando ningún secreto del sumario.
2. Que al intentar impedir que los ciudadanos sean víctimas de la desinformación por parte de un alto cargo político, un funcionario del Estado lo desmiente. Ahora, este funcionario sí está difundiendo un contenido del sumario secreto. Por tanto termina condenado.
3. En conclusión, nuestro sistema legal —insisto en que no tengo por qué dudar de que la sentencia no se ajusta a la legalidad vigente— condena al que difunde la verdad para que no seamos víctimas del engaño, y deja sin castigo y con total impunidad al que miente, e incluso reconociéndolo en el transcurso del juicio. “Era un mensaje sin apoyo en ninguna fuente. Yo soy periodista y trabajo en política. No soy un notario que necesite ninguna compulsa”, afirmó en el interrogatorio Miguel Ángel Rodríguez.
Es evidente que nuestro modelo informativo y nuestra legislación se fundamenta en la impunidad de la mentira. El bulo, el engaño sale gratis, incluso ejecutado por un alto cargo político, incluso alardeando de él delante de un tribunal.
Mientras no se hagan los necesarios cambios en nuestras leyes, la mentira seguirá siendo útil para los miserables. Si ningún gobierno está cambiando esas leyes, solo nos queda pensar que a todos les beneficia la mentira en algún momento.
Discurso absolutamente desenfocado, como es previsible en quien se pronuncia sobre cuestiones de Derecho penal desde la absoluta impericia.
Que el contenido de lo divulgado sea verídico o no es absolutamente indiferente en el juicio de antijuricidad y tipicidad penal que deben acometer los jueces de lo Penal. El bien jurídico a proteger en el delito por el que se condena al ex Fiscal General está claro: el deber de sigilo y confidencialidad que es exigible a todo funcionario respecto de los asuntos de que conoce por su cargo.
Si Fulanito, funcionario en X, tiene constancia fidedigna de que Mengano es cliente de prostitución, hecho sancionable, pero divulga esos hechos a terceros, por muy ciertos que sean esos hechos, Fulanito se la gana, porque ha infringido la Ley.
Todas las valoraciones peregrinas sobre la sentencia parten de un enfoque diletante, en el que se desconoce lo que se imputaba al fiscal delincuente, y aquello por lo que se le condena.
Que un hecho sea verídico NO justifica el incumplimiento de los deberes de sigilo profesional que tienen los funcionarios públicos.
Re: El hilo del expresidente Trump
Yo crecí entre volúmenes del Aranzadi, pero escogí una carrera de Ciencias porque me parecía más interesante. En cuanto a lo de castigar al chivato porque no debía chivarse, y encima sin pruebas, está más claro que el agua. El que tiene padrinos se bautiza.Ver citas anterioresseptimius escribió: ↑12 Dic 2025 10:07Ver citas anterioresEdison escribió: ↑11 Dic 2025 16:07 Esta claro, este fiscal tiene suerte de que no hayan puesto unos buenos zapatos de cemento, por ser (presuntamente) un chivato.
Un sistema que condena el desmentido del bulo
Ver citas anteriores“El fiscal general no puede responder a una noticia falsa mediante la comisión de un delito”, así se señala en la sentencia firmada por cinco de los siete magistrados que juzgaron al entonces fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz.
No me voy a dedicar a debatir sobre la inocencia o culpabilidad del fiscal, pero sí me parece interesante esa argumentación, de la que no tengo razones para dudar que se ajuste a Derecho.
Por noticia falsa, el tribunal se refiere a lo difundido por el jefe de Gabinete de la Presidencia de la Comunidad de Madrid, Miguel Ángel Rodríguez.
Expliquemos: Hay un secreto sobre un sumario, sobre ese sumario, un cargo de la oposición difunde un bulo, una mentira. Para combatir esa mentira, el fiscal general del Estado emite una nota de prensa desmintiendo esa información, para lo cual debe difundir una información objeto del secreto sumarial.
Es por ello que es condenado por el Tribunal Supremo.
¿Qué consecuencias sacamos?
1. Que difundir un bulo sobre un sumario secreto no es delito, porque, precisamente al ser una información falsa, no se está revelando ningún secreto del sumario.
2. Que al intentar impedir que los ciudadanos sean víctimas de la desinformación por parte de un alto cargo político, un funcionario del Estado lo desmiente. Ahora, este funcionario sí está difundiendo un contenido del sumario secreto. Por tanto termina condenado.
3. En conclusión, nuestro sistema legal —insisto en que no tengo por qué dudar de que la sentencia no se ajusta a la legalidad vigente— condena al que difunde la verdad para que no seamos víctimas del engaño, y deja sin castigo y con total impunidad al que miente, e incluso reconociéndolo en el transcurso del juicio. “Era un mensaje sin apoyo en ninguna fuente. Yo soy periodista y trabajo en política. No soy un notario que necesite ninguna compulsa”, afirmó en el interrogatorio Miguel Ángel Rodríguez.
Es evidente que nuestro modelo informativo y nuestra legislación se fundamenta en la impunidad de la mentira. El bulo, el engaño sale gratis, incluso ejecutado por un alto cargo político, incluso alardeando de él delante de un tribunal.
Mientras no se hagan los necesarios cambios en nuestras leyes, la mentira seguirá siendo útil para los miserables. Si ningún gobierno está cambiando esas leyes, solo nos queda pensar que a todos les beneficia la mentira en algún momento.
Discurso absolutamente desenfocado, como es previsible en quien se pronuncia sobre cuestiones de Derecho penal desde la absoluta impericia.
Que el contenido de lo divulgado sea verídico o no es absolutamente indiferente en el juicio de antijuricidad y tipicidad penal que deben acometer los jueces de lo Penal. El bien jurídico a proteger en el delito por el que se condena al ex Fiscal General está claro: el deber de sigilo y confidencialidad que es exigible a todo funcionario respecto de los asuntos de que conoce por su cargo.
Si Fulanito, funcionario en X, tiene constancia fidedigna de que Mengano es cliente de prostitución, hecho sancionable, pero divulga esos hechos a terceros, por muy ciertos que sean esos hechos, Fulanito se la gana, porque ha infringido la Ley.
Todas las valoraciones peregrinas sobre la sentencia parten de un enfoque diletante, en el que se desconoce lo que se imputaba al fiscal delincuente, y aquello por lo que se le condena.
Que un hecho sea verídico NO justifica el incumplimiento de los deberes de sigilo profesional que tienen los funcionarios públicos.
https://www.eldiario.es/politica/senten ... 31862.html
Re: El hilo del expresidente Trump
Ver citas anterioresEdison escribió: ↑12 Dic 2025 10:22Yo crecí entre volúmenes del Aranzadi, pero escogí una carrera de Ciencias porque me parecía más interesante. En cuanto a lo de castigar al chivato porque no debía chivarse, y encima sin pruebas, está más claro que el agua. El que tiene padrinos se bautiza.Ver citas anterioresseptimius escribió: ↑12 Dic 2025 10:07Ver citas anterioresEdison escribió: ↑11 Dic 2025 16:07 Esta claro, este fiscal tiene suerte de que no hayan puesto unos buenos zapatos de cemento, por ser (presuntamente) un chivato.
Un sistema que condena el desmentido del bulo
Ver citas anteriores“El fiscal general no puede responder a una noticia falsa mediante la comisión de un delito”, así se señala en la sentencia firmada por cinco de los siete magistrados que juzgaron al entonces fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz.
No me voy a dedicar a debatir sobre la inocencia o culpabilidad del fiscal, pero sí me parece interesante esa argumentación, de la que no tengo razones para dudar que se ajuste a Derecho.
Por noticia falsa, el tribunal se refiere a lo difundido por el jefe de Gabinete de la Presidencia de la Comunidad de Madrid, Miguel Ángel Rodríguez.
Expliquemos: Hay un secreto sobre un sumario, sobre ese sumario, un cargo de la oposición difunde un bulo, una mentira. Para combatir esa mentira, el fiscal general del Estado emite una nota de prensa desmintiendo esa información, para lo cual debe difundir una información objeto del secreto sumarial.
Es por ello que es condenado por el Tribunal Supremo.
¿Qué consecuencias sacamos?
1. Que difundir un bulo sobre un sumario secreto no es delito, porque, precisamente al ser una información falsa, no se está revelando ningún secreto del sumario.
2. Que al intentar impedir que los ciudadanos sean víctimas de la desinformación por parte de un alto cargo político, un funcionario del Estado lo desmiente. Ahora, este funcionario sí está difundiendo un contenido del sumario secreto. Por tanto termina condenado.
3. En conclusión, nuestro sistema legal —insisto en que no tengo por qué dudar de que la sentencia no se ajusta a la legalidad vigente— condena al que difunde la verdad para que no seamos víctimas del engaño, y deja sin castigo y con total impunidad al que miente, e incluso reconociéndolo en el transcurso del juicio. “Era un mensaje sin apoyo en ninguna fuente. Yo soy periodista y trabajo en política. No soy un notario que necesite ninguna compulsa”, afirmó en el interrogatorio Miguel Ángel Rodríguez.
Es evidente que nuestro modelo informativo y nuestra legislación se fundamenta en la impunidad de la mentira. El bulo, el engaño sale gratis, incluso ejecutado por un alto cargo político, incluso alardeando de él delante de un tribunal.
Mientras no se hagan los necesarios cambios en nuestras leyes, la mentira seguirá siendo útil para los miserables. Si ningún gobierno está cambiando esas leyes, solo nos queda pensar que a todos les beneficia la mentira en algún momento.
Discurso absolutamente desenfocado, como es previsible en quien se pronuncia sobre cuestiones de Derecho penal desde la absoluta impericia.
Que el contenido de lo divulgado sea verídico o no es absolutamente indiferente en el juicio de antijuricidad y tipicidad penal que deben acometer los jueces de lo Penal. El bien jurídico a proteger en el delito por el que se condena al ex Fiscal General está claro: el deber de sigilo y confidencialidad que es exigible a todo funcionario respecto de los asuntos de que conoce por su cargo.
Si Fulanito, funcionario en X, tiene constancia fidedigna de que Mengano es cliente de prostitución, hecho sancionable, pero divulga esos hechos a terceros, por muy ciertos que sean esos hechos, Fulanito se la gana, porque ha infringido la Ley.
Todas las valoraciones peregrinas sobre la sentencia parten de un enfoque diletante, en el que se desconoce lo que se imputaba al fiscal delincuente, y aquello por lo que se le condena.
Que un hecho sea verídico NO justifica el incumplimiento de los deberes de sigilo profesional que tienen los funcionarios públicos.
https://www.eldiario.es/politica/senten ... 31862.html
Votos particulares. Lo más normal del mundo. Pero como es un Tribunal, es decir, un órgano colegiado, el criterio mayoritario es el que adquiere valor de cosa juzgada.
La más ordinaria y corriente de las normalidades.