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Dan escribió:Ver citas anteriores
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blanca escribió:Los efectos serán también restituidos inmediatamente cuando deban ser conservados como medio de prueba o para la práctica de otras diligencias, pero su conservación pueda garantizarse imponiendo al propietario el deber de mantenerlos a disposición del Juez o Tribunal
/ art 334 /
Creo que esta claro, pero si quiere sigo buscando....
El tren no es un efecto del delito. Se le ha dicho por activa y por pasiva.
Y usted misma lo sabe: ¿Por qué los coches del atentado de la T4 se devolvieron a sus dueños/aseguradoras
antes del juicio para que se achatarrasen?
"efecto" cosa producida por una causa.
Luego un tren no es una "cosa producida por una causa".
Y veo que evita responder a la pregunta:
¿Por qué los coches del atentado de la T4 se devolvieron a sus dueños/aseguradoras
antes del juicio para que se achatarrasen?
No evito nada, no me da tiempo, se me acumula el trabajo ¡oiga!
y ya respondí, lamento que no lo haya leído.
Los coches del atentado de la T4 se devolvieron a sus dueños antes del juicio por que dentro de los coches no habían explotados las bombas. En los restos de los vagones del atentado del 11M
si y en consecuencia quedarón muestras que se debieron analizar mejor............
Los 7 presuntos delitos de Sánchez Manzano y sus cómplices y las pruebas en las que se basan
PRESUNTO DELITO Nº1: Se debería acusar a SM de ocultar los resultados de los análisis de las muestras de los focos de las explosiones.
PRUEBAS: El informe de los restos de los focos afirma que se realizo la técnica llamada “cromatografia de capa fina” pero los resultados reseñados en dicho informe son que “se encuentran componentes habituales de dinamita” sin especificar concretamente que componentes se localizaron. Este resultado es INCOMPATIBLE con la técnica realizada, que debería haber concretado los componentes. Si se realizo la cromatografia se tuvieron que encontrar algún componente y si se encontró algún componente NOS LO HAN OCULTADO.
PRESUNTO DELITO Nº2: Se debería acusar a SM de ser responsable de la desaparición de gran cantidad de muestras recogidas en los trenes.
PRUEBAS: Para realizar los nuevos análisis periciales se han entregado a los Peritos 22 muestras procedentes de todos los focos. En la recogida de muestras participaron al menos 8 agentes por lo que se deduce que cada uno de ellos recogió únicamente 2 o 3 muestras. Cada uno de ellos debería declarar cuantas muestras recogió, sumarlas y comparar….
PRESUNTO DELITO Nº3: Se debería acusar a SM de falsificar informes.
PRUEBAS: En el informe remitido al juez del Olmo sobre los análisis de la mochila, la Kangoo y la muestra patrón se incluyen 2 mentiras flagrantes. La primera de ellas que la metenamina es un componente de la Goma 2 Eco y la segunda que la metenamina apareció también en el explosivo de la bolsa de Vallecas.
PRESUNTO DELITO Nº4: Se debería acusar a de ocultar la existencia de muestras al Juez.
PRUEBAS: Cuando el Juez del Olmo solicito realizar nuevos análisis cuantitativos de los restos de explosivo encontrado en la furgoneta Kangoo, Sánchez Manzano comunicó que disponía de 2 muestras, una de 0,057 gr y otra de 0,079gr añadiendo que “se significa que se carece de mayor cantidad”.
Sin embargo, ahora, en las muestras enviadas en febrero de 2007 a los peritos se les ha remitido la muestra M1, correspondiente a la Kangoo con un peso de 3,2 gr.
PRESUNTO DELITO Nº5: Se debería acusar a SM de manipular pruebas para hacer desaparecer componentes.
PRUEBAS: En las muestras remitidas en febrero de 2007 a los peritos se les remitieron las muestras de los focos previamente lavadas con agua y acetona. Por tanto, los componentes de explosivo se disolvieron en el liquido y este paso a contener la prueba del explosivo utilizado. Sin embargo, los Tedax se deshicieron de estos líquidos, eliminándose las pruebas.
PRESUNTO DELITO Nº6: Se debería acusar a SM de manipular pruebas para añadir nuevos componentes a algunos explosivos para asimilarlos a los restos de explosivos de los trenes.
PRUEBAS: En los análisis periciales de los explosivos realizados en el año 2007 ha aparecido dinitrotolueno (DNT) en gran parte de las muestras de explosivos “intactos”, identificados en informes periciales anteriores como Goma 2 Eco. Dado que la Goma 2 Eco NO contiene DNT se puede deducir que su presencia se debe a contaminación. Las pruebas indican que la contaminación se produjo en su custodia por los Tedax ya que:
1. Los análisis realizados en el 2004 por la Policía científica, a las mismas muestras, con equipos similares a los actuales NO detectaron DNT.
2. Los análisis efectuados por la Guardia Civil en 2005 a muestras recogidas en la mina Conchita NO detectaron DNT
3. Los análisis realizados en 2007 a muestras de Goma 2 Eco del año 2004 proporcionadas por la fabrica de explosivos NO han detectado DNT.
4. Unicamente están contaminadas las muestras de explosivo que han custodiado los Tedax y NO aparece DNT en las muestras no custodiadas por los Tedax
5. Se da el caso que en dos muestras procedentes de la misma masa explosiva (Bomba colocada en las vías del AVE) la parte custodiada por los TEDAX contiene DNT y la no custodiada por los Tedax NO contiene DNT
PRESUNTO DELITO Nº7: Se debería acusar a SM, de mentir en sus declaraciones ante el juez instructor, de mentir en sus declaraciones ante la comisión de investigación del 11M y de mentir en su declaración ante el tribunal del juicio del 11M.
PRUEBAS: La aparición de DNT y Nitroglicerina en los análisis realizados en 2007 a las muestras de los focos, sumada a las pruebas de los 6 casos anteriores hacen evidentes las múltiples falsedades declaradas en todas las situaciones en las que el ex-responsable de los Tedax había jurado decir verdad.