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Re: Re:

Publicado: 18 Abr 2015 14:14
por Kalea
¿la pensión de viudedad la debe definir un contrato o una relación afectiva de convivencia?

¿Si desde los poderes públicos no se discrimina a los hijos nacidos fuera del matrimonio porque se discrimina a las parejas que, aun teniendo una relación afectiva estable, no consideran válida la opción de matrimonio para regularla?

Re: Re:

Publicado: 19 Abr 2015 21:03
por Ulyses
¿Y cómo se demuestra esa relación afectiva estable?Supongo que no esperarás que solo se les pregunte: "Oigan, ¿tienen ustedes una relación estable desde hace X tiempo?"-"Sí, claro que sí. Deme mi dinero"-"Tenga. Que lo disfrute con salud" :sisi.
Por lo menos en el caso de los hijos pedirán, digo yo, mínimo el libro de familia ¿O también habrá que confiar en la palabra del que pida la ayuda? :juas. Al menos es lo que me pidieron a mi.

Re: Re:

Publicado: 20 Abr 2015 00:25
por Kalea
No hace falta preguntar ni esperar respuesta, existen documentos oficiales que acreditan la convivencia, concretamente dos: certificado de empadronamiento o histórico de empadronamiento para aquellas parejas que hayan cambiado de domicilio y los certificados de convivencia que en muchos ayuntamientos son comprobados testimonialmente por la policía local.