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Avicena escribió:Ver citas anteriores
lordcartabon escribió:
Educar a un hijo no es hacer una posesión del mismo, es precisamente formarle para que sea persona libre, y no objeto de nadie.
Depende de como lo eduques, el padre no tiene carta blanca porque sea su hijo.
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lordcartabon escribió:
Este derecho sólo tiene como límites el mantenimiento del orden público. Educar a un hijo en el terrorismo o en el supremacismo racial puede tener evidentes connotaciones negativas para el orden público y la normal convivencia ciudadana. Es, pues, evidente que en esos casos no cabe invocar el derecho de los padres sino que el mismo cede ante la protección de la seguridad ciudadana. Pero qué le vamos a hacer, que los padres elijan educación católica para sus hijos no afecta un ápice al orden público, ni a la seguridad ciudadana, ni a la normal convivencia ciudadana, ni por extensión a ningún otro derecho fundamental de terceras personas.
Más importante que la seguridad pública son los derechos del niño, éste no es una extensión del padre, me parece raro que lo que destacas de educarlo en el racismo y en el supremacismo sea el peligro al orden público y no el derecho del niño a no ser adoctrinado, ni utilizarlo con fines ideologicos.
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lordcartabon escribió:
Siendo el referido derecho de los padres un derecho universal a todo padre, no cabe establecer discriminaciones, y a priori el mismo derecho tiene un sikh que un católico. Ahora bien, los poderes públicos no pueden estar ciegos ante la realidad de la sociedad que gobiernan. Y claro, lamentándolo por otros, el catolicismo sigue siendo la confesión mayoritaria en España. Luego constitucionalmente los poderes públicos, lógica y legítimamente, han de asignar más recursos a esa opción que a otras más minoritarias. Tratar por igual a la opción que eligen dos de cada tres padres que a otra elegida por un uno por ciento sería injusto, ilegítimo y una burla del principio de igualdad y no discriminación.
Este es un derecho personal, no uno colectivo, por lo que hacer alusión al entorno social no tiene mucho sentido, el que sea una mayoría o una minoría no otorga más derecho ni menos.
Según tu interpretación el Estado ha de dotar de recursos sin escatimar para que ese derecho se cumpla para todos, pues si cualquiera le fuese negado dicho derecho por tener una creencia muy minoritaria, habría un caso de discriminación y desigualdad.
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lordcartabon escribió:
¿Una educación "completa"? ¿Y quien define "educación completa"? ¿un político? NO, gracias, es el padre y la madre los llamados a dotar de contenido a ese derecho. Los hijos tienen que ser educados, y eso corresponde a los padres, no a un politicastro. Yo educo a mis hijos en la fe católica precisamente porque quiero que sean libres, y no sujetos preprogramados y dóciles a las consignas del poder político, que les inocularán auténticas estupideces sin sentido, como las que integran la Educación para la Ciudadanía.
Para que haya religión en la escuela pública ahí si que reivindicamos al político y al Estado a los que atacas.
Que te parece que la educación completa sea conforma a los valores de la Declaración Universal de los Derechos Humanos al que aludes.
Por partes:
1º. Naturalmente que no se tiene carta blanca, educar a mi hijo no puede costarle la vida o integridad física. Evidente. ¿Y? Ningún derecho fundamental es a carta blanca, todo es limitado. Incluso el derecho a la vida, el más sagrado e importante de todos, puede ceder ante caso de legítima defensa.
2º. LOs "derechos del niño" no son un límite al art. 27 de la CE. Son una pieza complementaria del mismo. Cuando un padre ejerce su derecho a elegir la formación para sus hijos más acorde con sus valores (católicos en mi caso) está precisamente reforzando los derechos del niño, no limitándolos. Cuando yo elijo educación católica para mis seis hijos, ¿acaso les vulnero algún derecho? Imagina usted conflictos que no existen.
3º. Defíname "derecho del hijo a no ser adoctrinado por el padre", por favor. Suena harto sospechoso. Me parece una interpretación harto restrictiva de un derecho fundamental básico. Vamos, que huele a totalitarismo. LO siento, eso no existe, y por supuesto, no es límite al derecho de los padres a elegir la formación de sus hijos.
4º. Es un derecho personal de nivel máximo, que vincula directamente a los poderes públicos. Los derechos fundamentales, amigo mío, por personales que sean, son INVOCABLES DIRECTAMENTE ante los poderes públicos, que deben dar facilidades a su ejercicio, no pasividades. Por descontado, nada de dificultades o cortapisas.
5º. El entorno social es precisamente lo que mide el art. 16 CE, cuando declara la aconfesionalidad. ¿sabe usted que es la aconfesionalidad estatal? Pues consiste en que, primero, no hay confesión oficial del Estado. Y segundo, que el Estado, los poderes públicos, han de ponderar en todo momento, y de forma positiva, el hecho religioso presente en la sociedad. Eso es la aconfesionalidad estatal. Cosa distinta es que no guste a alguien, pero qué le vamos a hacer. Insisto, hay cierta resistencia por acá a leer el art. 16 de la Constitución. En particular, el apartado 3º que habla de ...¡oh, sorpresa! Relaciones de COOPERACIÓN, ahí es nada. ¿Quiere explicarme como va a haber COOPERACIÓN sin que el Estado provea de medios?
6º. Este derecho NO SE NIEGA A NADIE. Pero sería precisamente contrario al principio de igualdad que los poderes públicos destinasen los mismos recursos a lo que solicita el 70 % de los padres que a lo demandado por un 1%. Tratar ambos por igual es lo que daría al traste con el principio de igualdad. Usted confunde igualdad con igualitarismo.
7º. Naturalmente, para ejercer un derecho fundamental reivindico a los poderes públicos. ¡Qué cosas, ¿verdad? Mira que ser católico y creerme ciudadano de pleno derecho. ¡Qué osadía!
8º. Suscribo la Declaración de Derechos HUmanos por completo. Usted, en cambio, parece empeñado en vaciarla de contenido en determinados de sus artículos.