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La Junta Electoral Central descarta el fraude masivo
Sin embargo, según explica la Junta Electoral Central (JEC), incluso en el caso de que se pudiera falsificar una identidad digital en una aplicación, no sería posible votar varias veces ni suplantar identidades de forma masiva.
Desde el organismo recuerdan que para ejercer el derecho al voto es imprescindible estar inscrito en el censo electoral, lo que implica estar empadronado en un municipio. Estos datos son gestionados por los ayuntamientos y se comprueban en cada mesa electoral.
Además, cada votante queda registrado en el listado de la mesa electoral en el momento de votar, lo que impide que una misma persona pueda emitir
Los expertos señalan también que la identificación de un votante no depende únicamente de mostrar un documento, sino que requiere conocer datos concretos como la mesa electoral en la que está inscrito y que esa persona no haya votado previamente.
El debate sobre el DNI digital y el control electoral
Desde septiembre de 2025 se permite utilizar el DNI digital para identificarse en el proceso de votación, aunque el sistema mantiene mecanismos de control similares a los del documento físico.
En cuanto al código QR del DNI digital, la Junta Electoral Central ha explicado que no se exige su lectura en las mesas electorales, ya que hacerlo supondría aplicar un sistema de verificación más estricto que el que se utiliza cuando el votante presenta el DNI físico.
El Ministerio del Interior ha señalado además que fue la propia Junta Electoral Central la que consideró suficiente la comprobación visual de la fotografía para identificar al elector.
Según el informe remitido por la Dirección General de Política Interior del Ministerio del Interior, la identificación en las mesas electorales puede realizarse mostrando los datos del documento en el teléfono móvil, sin requerir verificaciones tecnológicas adicionales.