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Enxebre escribió:El Decreto-Ley ya está aprobado y publicado en el BOE si te lo quieres leer, tú gran lector de leyes, verás como dije estos días, la reforma iba a añadir uno o dos artículos, ni iba a suprimir ese artículo que supuestamente les impedía exhumar a Franco ni iba a cambiar la legislación referente a cementerios públicos y lugares de culto, yo tengo la conciencia bien tranquila de que no me he montado una película para justificar mi postura
http://www.boe.es/boe/dias/2018/08/25/p ... -11836.pdf
Ahí se argumenta también lo de extraordinario y urgente con sentencias del TC por encima, pero eso es lo de menos, por encima cita el artículo 16.2 como razón para hacer esta modificación
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En este contexto, deviene esencial el artículo 16.2 de la Ley al prever que en ningún lugar del Valle de los Caídos «podrán llevarse a cabo actos de naturaleza política ni exaltadores de la Guerra Civil, de sus protagonistas, o del franquismo».
Lo que dice diario.es ya se comentó en el hilo, si la Iglesia estuviese en contra no habría nada que hacer pero no es el caso, lo que he traído yo igual sí que era más relevante para lo de exhumar cadáveres, pero oye nada, gñé y demás
Pero nada, yo me he montado una película, la cosa iba de quitar el artículo 16.1 y modificar no se qué leyes, esto no se justifica con la Ley de Memoria Histórica ni nada de lo que vengo diciendo
A ver Enxebre no te piques que no merece la pena....que estamos hablando de interpretacioens de leyes, no de furbo.
Mira
básicamente nuestras discrepancias son dos:
1)Yo opino que el RDL sin venir a cuento es per se un instrumento que ningunea a la democracia.
Por otra parte pienso que puede ser contraproducente, pues ya se ha dado jurisprudencia en el tribunal Cosntitucional advirtiendo de lo mismo, que el artículo 86 de la constitución no es de chicha y nabo y que la urgencia debe de justificarse ocnvincentmeent eo podría ser tumabada la ley.En este caso particular opinaba que con el tema de un fiambre que lleva mas de 40 años en el mismo sitio justificar lo de la urgencia es insostenible.
Es una opción que tiene mas papeletas de ser tumbada que otras
Tu por contra lo veías adecuado para la situación.
2)La discrepancia mas polémica es que tu defiendes que con la ley de MEmoria histórica original de 2007, se podía sacar el cadáver de Franco del valle de los caidos
En eso discrepo totalmente. Y es que es de cajón. Si han tenido que modificar la ley (añadiendo un artículo) via RDL, es precisamente porque legalmente no se podía con la ley inicial.
Y no se podía porque en base al artículo 16.1 (y cómo también dijo en su momento el diario.es) te remite a la legislación de cementerios y lugares de culto.
Si te prohibía virtud del artículo 16.2 el que se celebrasen homenajes franquistas en el mismo
Tu has aportado cosas que no tienen que ver...ya que aunque fuesen noticias relacionadas con exhumaciones en el valle de los caidos, son de familias que lo han solicitado, no es el caso de una que NO lo ha hecho, que es lo que estamos tratando.
Cómo queda el asunto tras el RDL
Pues bueno el gran lector de leyes lo ha leido y procede a transmitirtel, oh, pequeño saltamontes .
1)Lo del RDL
Pues me he leido la arguemntación y justificación dle mismo y la verdad es que la abogacía dle estado se lo ha currado.
Cómo es un tema paralizado desde hace mas de 40 años, es absurdo lo de la urgencia.....sin embargo introduce un informe de las Naciones Unidas de 2017 en materia de derechos humanos, que nos tira de la oreja con el asunto.
Por supuesto es un "el pisuerga pasa por Valladolid ya que no es vinculante ni ejecutivo ni nada.......", pero dado que si introduce una novedad (es un factor nuevo, de 2017) , si te vale en mi opinión para jusitificar lo del caracter de urgenica y por tanto lo del RDL.
Vamos, que podría colar.
LAs posibilidades que que lo tumben en el TC por ese motivo disminuyen sensiblemente (salvo que a ningún ministro le de por ufanarse más afirmando que lo que se pretende es evitar al poder judicial
![facepalm :facepalm:](./images/smilies/Seleccion475/violin.gif)
psssssi)
2)
Respecto a la modificación de la Ley Memoria histórica
LE rdl es meramente una modificación de la LMH de 2007 introduciendo un parrafo, el art 16.3
El nuevo artículo 16.3 ,dice que el Valle queda cómo homenaje a personas muertas en la GC, y los que no fuera....y el "que no" en este caso es Franco.Por lo tanto decreta la exhumación de los que no.
¿Es contradictorio el artículo 16.1 con el 16.3?
Si, son dos artículos contradictorios
EL 16.1 remite a una legislación y el 16.3 propone una exhumación ignorando la primera
La clave está en mi opinión en que en el plazo de alegaciones quien tiene potestad de oponerse es la entidad religiosa que custodie eso, y si esta no lo hace el plazo indicado pues se entiende que consiente.
Me parece a mi que lo del concordato va a esperar momentos mejores
EL 16.3 es necesario para justificar la exhumación, porque con la legislación inicial sencillamente NO SE PODÍA HACER
La mención al 16.2 es meramente para indicar que con el fiambre allí se dificulta mucho la aplicación de dicho artículo (la celebración de homenajes)...una justificación cómo cualquier otra,,,,pero evidentemente el 16.2 por si no justifica la exhumación del cadaver ...por eso se ha debido de añadir un artículo adicional.
saludos