Re: Poder Judicial de Argentina ordenó a la Real Academia Española suprimir un significado ofensivo de la palabra “judí
Publicado: 29 Sep 2024 15:24
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Hola Sabela,Ver citas anterioresSABELA escribió: ↑29 Sep 2024 02:12Gracias Liberal.
Me parece muy interesante el artículo que traes.
Efectivamente el caso es bastante similar al , que ya se menciona de gitano en su acepción de "trapacero" que la RAE ha resuelto en la misma forma.
Mi opinión es que la solución que han adoptado es correcta. Creo que no se deben eliminar acepciones que se han venido utilizando en el lenguaje a lo largo del tiempo en forma peyorativa ,sí, pero que tenían un sentido tiempo atrás. Si se eliminara, podría, por ejemplo perderse el significado de un texto , de unos diálogos y en cierto sentido sería como destruir algo histórico, un resto arqueológico. En estos tiempos sabemos que no está bien visto usar ese tipo de acepciones y quizás no muy tarde a la indicación se le añada otra : "En desuso".
Pueblo judio.
¿Y el pueblo judío es "asesino y genocida", como has afirmado? Cuéntanos más.Ver citas anterioresEl Sopapo escribió: ↑30 Sep 2024 08:37Pueblo judio.
El pueblo judío es una colectividad étnico-religiosa y cultural descendiente del pueblo hebreo y de los antiguos israelitas del levante mediterráneo.
https://es.wikipedia.org/wiki/Pueblo_jud%C3%ADo
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Los palestinos son semitas de acuerdo a la biblia, dado que la palabra semita designa a los descendientes de Sem y su lengua.
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¿Sera entonces el pueblo judio tambien antisemita.?
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Que atrevida es la ignorancia, o las ganas de epatar a cualquier precio.
En la actualidad, ahora mismo si son asesinos y genocidas contra el pueblo palestino.Ver citas anterioresAsimov escribió: ↑30 Sep 2024 10:03¿Y el pueblo judío es "asesino y genocida", como has afirmado? Cuéntanos más.Ver citas anterioresEl Sopapo escribió: ↑30 Sep 2024 08:37Pueblo judio.
El pueblo judío es una colectividad étnico-religiosa y cultural descendiente del pueblo hebreo y de los antiguos israelitas del levante mediterráneo.
https://es.wikipedia.org/wiki/Pueblo_jud%C3%ADo
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Los palestinos son semitas de acuerdo a la biblia, dado que la palabra semita designa a los descendientes de Sem y su lengua.
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¿Sera entonces el pueblo judio tambien antisemita.?
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Que atrevida es la ignorancia, o las ganas de epatar a cualquier precio.
Muy bien traido el ejemplo con lo de los restos arqueológicos.Ver citas anterioresSABELA escribió: ↑29 Sep 2024 02:12Gracias Liberal.Ver citas anterioresliberal de izquierda escribió: ↑29 Sep 2024 00:28https://www.clarin.com/sociedad/juez-ar ... CWISd.htmlVer citas anterioresLa Justicia argentina ordenó a la Real Academia Española suprimir un significado ofensivo de la palabra “judío”
Tras varios años de reclamos, la Fundación Congreso Judío Mundial y la Delegación de Asociaciones Israelitas Argentinas (DAIA) lograron que la Justicia argentina ordene suprimir del diccionario de la Real Academia Española (RAE) un significado ofensivo de la palabra "judío".
Es la quinta acepción, que dice: "Dicho de una persona: Avariciosa o usurera". Y aclara que ese modo es usado "como ofensivo o discriminatorio".
La demanda había sido presentada el 28 de agosto por Claudio Gregorio Epelman, en su carácter de apoderado de la Fundación Congreso Judío Mundial, y Jorge Knoblovits, presidente de la DAIA.
Formularon una denuncia penal contra Santiago Muñoz Machado, director de la RAE, así como "también toda otra persona humana responsable que integre dicha organización, toda vez que estos se encontrarían incitando al odio contra la colectividad judía a través de la acepción discriminatoria del término "judío, a".
Según el fallo, los querellantes en su demanda sostuvieron que "a lo largo de a historia, los judíos se han enfrentado al prejuicio y a la discriminación.
Expulsados hace más de dos mil años por los romanos de Israel, los judíos se vieron obligados a dispersarse por todo el mundo y a intentar conservar sus propias creencias y cultura al tiempo que sobrevivían como una minoría".
Y agregan en las sociedades europeas del medioevo "como la Iglesia no permitía el préstamo de dinero con interés, los judíos cumplían un papel esencial en la economía -pero mal visto- de ser prestamistas para la mayoría cristiana.
Como consecuencia de estas disposiciones, las denuncias por 'usura' se hallaban a la orden del día, alimentando así el estereotipo del 'judío usurero' a lo largo del tiempo, convirtiéndose este adjetivo como uno de los máximos pilares del antijudaísmo".
Ariel Lijo, titular del Juzgado Criminal y Correccional Federal 12, resolvió ordenar a la RAE "que suprima inmediatamente -esto es, sin la previa intervención de las Academias de la Lengua Española- del Diccionario de la Lengua Española la quinta acepción de la palabra "judío, a" (...) por configurar un discurso de odio que incita a la discriminación por motivos religiosos en los términos de la ley 23.592", la ley anti-discriminatoria de Argentina, que prohíbe todo tipo de discriminación basada en religión, etnia, raza, color de piel, sexo y orientación sexual.
Además, Lijo ordenó "al Ente Nacional de Comunicaciones que disponga el inmediato bloqueo del sitio web https://dle.rae.es/jud%C3%ADo?m=form -enlace a la definición del Diccionario de la Lengua Española, cuestionada en autos- hasta tanto la Real Academia Española cumpla con la medida que le fuera ordenada por este tribunal".
Por último, notifica "a la Academia Argentina de Letras -en su caracter de representante de la Asociación de Academias de la Lengua Española-".
El director de la Real Academia Española (RAE), Santiago Muñoz Machado. Foto: EFE
La primera carta de los demandantes dirigida a Muñoz Machado data de 2021, según consta en el expediente.
La misiva fue contestada por el aludido el 30 de enero de 2023, con el siguiente argumento: "De acuerdo con los criterios establecidos para el Diccionario de la lengua española, no es posible eliminar una acepción cuando está avalada por el uso -como sucede en este caso-, por más que pueda resultar socialmente inapropiada o reprobable. Sin embargo, se ha considerado oportuno añadir la indicación de que su uso puede resultar ofensivo o discriminatorio".
El fallo de Lijo se fundamenta en tratados y pactos internacionales suscriptos por Argentina, vinculados a la Declaración Universal de los Derechos Humanos (libertad de religión), el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (prohíbe toda apología del odio nacional, racial o religioso), y la Declaración de la ONU sobre la eliminación de todas las formas de intolerancia y discriminación fundadas en la religión o las convicciones, entre otros.
El juez afirma que "una de las expresiones más aberrantes de estas acciones que cercenan el derecho a la libertad religiosa es el antisemitismo", al que define como "una cierta percepción de los judíos que puede expresarse como el odio a los judíos.
Las manifestaciones físicas y retóricas del antisemitismo se dirigen a las personas judías o no judías y/o a sus bienes, a las instituciones de las comunidades judías y a sus lugares de culto".
Lijo afirma entonces: "Ante el escenario descripto, estimo que se encuentran reunidas las condiciones para sostener que la quinta acepción de la palabra "judío, a" -aún con la nota de uso como ofensivo o discriminatorio- contiene en la base de su significado un discurso de odio. Pues atribuye características peyorativas al integrante de un colectivo por el solo hecho de ser tal".
Para reforzar su argumento, el juez argentino hace mención a que "en ocasiones la Real Academia Española realiza modificaciones sobre su diccionario en razón del contenido discriminatorio de algunas de las acepciones".
Y cita la modificación, en 2015, de la acepción de gitano como "trapacero", aunque en este caso con la misma nota de uso "ofensivo y discriminatorio".
"Además -recuerda-, en 2018 el organismo modificó la quinta acepción de la palabra 'fácil' para que no refiriera a 'mujer' que se presta sin problemas a tener relaciones sexuales, sino a 'persona'".
También eliminó en 2014 la tercera acepción de la palabra "!masculino" y la sexta de "femenino, ya que una refería a "varonil, enérgico" y la otra a "débil, endeble".
Por último, afirma que "sin perjuicio de que la Real Academia Española no posea oficinas ni personal radicado en el territorio argentino, la realidad es que su sitio web (...) es de acceso público para cualquier persona que se encuentre en este país. Por tanto, las conductas denunciadas producirían efectos en Argentina".
Me parece muy interesante el artículo que traes.
Efectivamente el caso es bastante similar al , que ya se menciona de gitano en su acepción de "trapacero" que la RAE ha resuelto en la misma forma.
Mi opinión es que la solución que han adoptado es correcta. Creo que no se deben eliminar acepciones que se han venido utilizando en el lenguaje a lo largo del tiempo en forma peyorativa ,sí, pero que tenían un sentido tiempo atrás. Si se eliminara, podría, por ejemplo perderse el significado de un texto , de unos diálogos y en cierto sentido sería como destruir algo histórico, un resto arqueológico. En estos tiempos sabemos que no está bien visto usar ese tipo de acepciones y quizás no muy tarde a la indicación se le añada otra : "En desuso".
El Juez argentino que ordenó a la RAE suprimir el significado ofensivo de la palabra "judío", es uno de los candidatos de Milei para ocupar una de las dos vacantes pendientes del Tribunal Supremo de Argentina (Corte Suprema de Justicia), obtén tus propias conclusiones.
Gracias, Liberal , muy significativoVer citas anterioresliberal de izquierda escribió: ↑09 Oct 2024 04:47El Juez argentino que ordenó a la RAE suprimir el significado ofensivo de la palabra "judío", es uno de los candidatos de Milei para ocupar una de las dos vacantes pendientes del Tribunal Supremo de Argentina (Corte Suprema de Justicia), obtén tus propias conclusiones.
De todas maneras, es poco probable que ese magistrado llegue a ser Juez del Tribunal Supremo, porque en Argentina, el procedimiento de selección de los Jueces del Tribunal Supremo es el siguiente: el Presidente propone a un candidato cuando un Juez Supremo se jubila o renuncia, y este debe ser aprobado por las dos terceras partes de los miembros del Senado Federal, y como el gobierno de Milei esta en absoluta minoría en el Senado, es bastante difícil que esa propuesta se apruebe.
Saludos.
Hola Sabela, de todas maneras, y de momento, el pedido del Poder Judicial de Argentina de bloquear la pagina de la RAE en Argentina con la quinta acepción del término "judío", no se realizará, porque el organismo del gobierno de Argentina encargado de esos temas, el ENACOM, dijo que "no tiene la competencia ni los recursos humanos ni técnicos" para llevar adelante el pedido del Poder Judicial de Argentina:
https://www.perfil.com/noticias/socieda ... udio.phtmlVer citas anterioresEl Gobierno explicó por qué no pueden bloquear la página de la RAE con una definición ofensiva de "judío"
Apesar del fallo de la Justicia argentina del pasado jueves, el cual ha intentado por dos vías diferentes que la situación cambie, en el diccionario de la Real Academia Española (RAE) aún continúa disponible la polémica quinta acepción de la palabra "judío", que lo define como "dicho de una persona: avariciosa o usurera".
Como primera medida, el juez Ariel Lijo, titular del Juzgado Criminal y Correccional Federal 12 y autor del fallo, apuntó a que la RAE elimine la ofensiva acepción de la lista de significados disponibles para la palabra "judío/judía". No obstante, entiende que este camino podría demorar más tiempo y, de hecho, la institución cultural le reveló el viernes a Clarín que no habían sido notificados de la sentencia.
Por otro lado, la segunda opción, ordenada por el magistrado con carácter inmediato, es que el Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM) bloquee el sitio web. El organismo le indicó al medio mencionado que ya recibió el fallo, pero debieron dar explicaciones sobre por qué la página continúa habilitada.
"ENACOM no bloquea sitios web, no tiene la competencia ni los recursos humanos ni técnicos para hacerlo. Lo que hacemos, una vez que entra el oficio judicial solicitando el bloqueo de alguna página es notificar a las prestadoras de Internet y a las cámaras para que efectivicen el bloqueo", explicaron.
También señalaron que el organismo "es un intermediario entre la Justicia y las empresas" y que "siempre ingresan oficios judiciales porque entienden que el ENACOM bloquea páginas, cuando en realidad no es así". "A modo colaborativo, publica el oficio en la Web y se los comunica a las empresas y cámaras que las agrupan", agregaron.
Y continua con esas ganas locas de epatar a cualquier precio. Y cierto es, que atrevida es la ignorancia pero la suya.
Ver citas anterioresEl Sopapo escribió: ↑22 Oct 2024 12:25Y continua con esas ganas locas de epatar a cualquier precio. Y cierto es, que atrevida es la ignorancia pero la suya.
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La Constitución española de 1978.
Título preliminar
Artículo 1
España se constituye en un Estado social y democrático de Derecho, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político.
La soberanía nacional reside en el pueblo español, del que emanan los poderes del Estado.
....
¿Confunde nuestra constitución una religion-etnia con el Estado?
En España la soberania nacional reside en el pueblo español. ?En el caso de Israel no ocurre así? Ilustrenos hombre.