Ver citas anterioresDe feministas tienen poco, pero si estás están diciendo precisamente que el derecho penal sólo tiene una función represiva y en ningún caso una función social.Ver citas anterioresEsas juristas feministas dicen que el derecho penal es el principal instrumento represivo del estado.Y eso es impepinable
Que además se puedan o deban de perseguir otros objetivos cómo la reinserción o la restauración de las victimas en ningún caso niega ni contraría esa afirmación.
De entrada desconocía que repartieses carnets de feminista.Y menos a unas muejres
Verás. Estas mujeres se definen a si mismo cómo feministas. Y concretamente una de ellas es experta totulada en cuestiones de géenro en el mundo jurídico.De hecho da clases sobre igualdad de género.
Tu actitud sobre esas mujeres me ha sorprendido por patriarcal, incluso machirula,Un hombre diciéndole a unas mujeres que se autodefinen cómo feministas .y titulada en políticas de igualdad y géenro, que no lo son en base a que le contradicen a él.
Segundo, no dicen que el derecho penal sea solo represivo...dicen que es el instrumento represivo por excelencia del estado , algo que es impepinablemente cierto....y que no es adecuado para cuestiones de transformación social...cosa que también es cierto
Y opinar así no te descalifica cómo feminista
Mas bien te califica cómo persona sensata.
¿qué es para ti ser feminista, Avicena? .....¿formar parte de un linchamiento , incluso aunuque tus conocimientos jurídicos te indiquen que se está cometiendo una barabaridad?
¿Si no participas ene l linchamiento, dejas de ser una buena feminista?
[Ver citas anterioresEs que la jurisprudencia no se usa para dos casos identicos, a ver cuándo se repiten dos casos en la vida real, en aquellas situaciones análogas que se ha sentado una doctrina por el Tribunal Supremo, se siguen en lo referente a los hechos análogos unicamente, es así, cuando son varios hombres que mediante su presencia física se imponen sobre una chica y esta no da su consentimiento explícito, entendemos que hay un ambiente intimidatorio, es considerado una agresión, hay intimidación, no hay prevalencia.Ver citas anterioresQue haya existido una sentencia en un sentido no necesariamente quiere decir que todas deban de ir en el mismo sentido, porque el relato de los hechos probados en ambas sentencias no son los mismos.
Cómo no son relatos idénticos , es absurdo hablar de jurisprudencia en el mismo sentido.
Las circunstancias pueden variar, pero si en lo esencial se cumplen estos hechos, se debe seguir, las sentencias no pueden ser contradictorias.
Claro que la jurisprudencias se usan para casos análogos Avicena....
Y en este caso varían sensiblemente respecto al de la manada....A la victima de la manada se la encontraron tras la acción llorando hecha un giñapo...esta se fue a follar con uno de los violadores de forma voluntaria, y despues se puso a vacilar de los hechos....análogos no son los hechos.
Al menos no lo son desde el punto de vista de tener en cuenta o no el caracter probatorio del testimonio de la víctima.
Y lo que dices es una barbaridad.,.,...lo del caracter intimidatorio es una circunstancia que debe de probarse en un contexto determinado y con pruebas determinadas.
Si fuese así un tio fuerte y grande siempre sería susceptible de ser acusado y condenado por violación sin capacidad alguna de defensa...¿porqué?...porque joder, a un tío tan fuerte y grande cualquiera le dice que no.....y ya está. Si eres un mazacote te pueden empurar por violación sin defensa alguna posible.
!!!Que demonios de inventada popular...es lo que dice la sentencia...que exonera al tio mas joven del segundo acto sexual por ser consentidoVer citas anterioresSegún los hechos probados, esta habría quedado en dicho piso con uno solo de los acusados para hacer una actividad juntos, no lo recuerdo ahora, pero sí que fue amistosa y podría querer practicar sexo con este, nada más, lo de que quería practicar una orgía, no se ha demostrado, ese es un relato popular y en ningún caso los testimonios de la defensa y los acusados han afirmado eso.
Vamos, eso es inventarse los hechos.
Con la mano en el pecho...¿no te parece contradictorio que una persona se vaya a echar un polvo de manera voluntaria ocn uno de sus violadores justo despues de haber sido violada?
A mi personalmente me lo parece. Y no es criminalizar a la victima. Es señalar una inconsistencia en los hechos que podría poner en cuestión los criterios probatorios de un testimonio.
¿Cual debe de ser entonces una prueba válida de consentimiento para participar en una orgía?.....¿un acta notarial?¿Un contrato firmado?....Ver citas anterioresEse mito surgió a partir de un WhatsApp que se intentó utilizar como prueba, pero fue desestimado, según la versión de acusado y defensa, lo que se decía era en broma y los peritos psicológos no se lo toman en serio y lo más importante ni siquiera lo que se dice en ello se puede considerar ningún acuerdo previo aunque este reproducido en un medio más formal, porque este dice una boutade y esta se ríe, nada más.
¿Y cómo se detecta ese cambio de opinión si no es expresado de manera alguna?....porque `puede haber intimidación si tu no vas a eso y te encuentras con una encerrona...pero si vas a eso, no existe ese factor intimidatorio, porque previamente se sabe.Ver citas anterioresDe todos modos, aunque hubiera un acuerdo previo, en el momento en que cambie de opinión y las prácticas sexuales no son consentidas, estamos ante sexo forzado.
Amen de la inconsistencia con los hechos posteriorires.
Ver citas anterioresQue no es este caso, en ningún momento ni planeó ni acepto sexo grupal.
¿Y eso lo saber por.....?
Porque vamos, repito, cómo podría atestiguarse ese consentimiento, si no te valen los whats app o las declaraciones posteriores de la chica a terceras personas alardeando del suceso.
¿qué sería para tí una prueba válida de consentimiento, Avicena?
Que una experiencia de sexo grupal pueda traumar a alguien, o entrarle una resaca moral , o pueda sentirse mal a posteriori no quita que el acto pueda ser consentido.Ver citas anterioresEstamos buenos si lo que único que puede demostrar una violación, es una grabación y aún así se llegue a cuestionar.
En este caso, la chica lo paso mal, cuando entro, se apagaron las luces y salieron otros dos chicos escondidos, obligándole a hacer determinadas prácticas sexuales sin mediar consentimiento, la chica quedó afectada y se sintió mal, así se lo relató a su ambiente más cercano, los estudios psicológicos de los peritos forenses corroboraron que ese trauma fue real, que no se lo inventó, que estuvo en un estado de shock y no supo reaccionar.
Los relatos a su ambiente cercano son contradictorios....es ante los padres cuando narra el tema en plan victima...ante sus amigas alardeaba del asunto.
A mi al menos me parece cuanto menos contradictorio y me geenra el asunto dudas mas que razonables
A ti no.
Yo por desgracia no puedo afirmar las cosas con la tremenda rotundidad y clarividencia que tu demuestras
A mi al menos me presenta dudas razonables sobre la existencia de intereses espureos por parte de la victimaVer citas anterioresNo había ninguna animadversión de la victima previa ante los chicos, más bien al contrario y las acusaciones concuerdan con como fue transcurriendo los hechos hasta el día del juicio.
Se ha desestimado como prueba, el que haya un WhatsApp en la que la víctima increpaba a los violadores y les amenazaba con inventarse cosas.
Esto puede entenderse como propio de una persona inmadura, pero en ningún caso se entiende como una prueba de que se ha realizado una denuncia falsa.
Alguien que afirma que los va a denunciar si hacen tal cosas, o incluso comenta que va a mentir, a mi al menos me despierta dudas.
A ti no,
Suerte que tienes de ver las cosas tan claras
A ver, lo que estás diciendo es que le relato es inconsistente....y eso a ti te da fiabilidad, porque de haber querido hacer una denuncia falsa, lo habría hecho consistente???Ver citas anterioresUna denuncia falsa es algo planificado, si de verdad pretendiese hacerlo, relataria los hechos de manera congruente entre los conocidos, el hecho de que entre un ambiente íntimo y de confianza diga que no quería y en otros afirme que lo hizo voluntariamente, refuerza los hechos esenciales como prueba, hubo sexo grupal
Si te inventas cosas, va cambiando con el tiempo cierta parte de los relatos, pero hay algo que ha quedado fijado antes aún de plantearse la denuncia, que por cierto fue hecho por los padres al enterarse de lo sucedido.
Esto, junto con un relato posterior de forma jocosa por los tres acusados de un incidente sexual parecido al denunciado, el hecho de que en el momento de la violación, los tres no usasen el WhatsApp, cuando lo usaban cotidianamente, estaban como desaparecidos.
Refuerza el testimonio de la víctima, hubo sexo grupal, en casa de un desconocido y no hubo consentimiento alguno.
Ella practicó sexo con otras personas y justo con esta práctica sexual manifiesta ante su ambiente íntimo, que no fue consentido ni deseado.
La valoración personal y subjetiva de la víctima es instranscente ante las pruebas y la congruencia de los testimonios.
A ver,el criterio jurídico para tomar cómo prueba el testimonio de la vcitima es que el testimonio sea consistente
Pero si es inconsistente, mejor aún, porque eso es prueba de que no está montandose un relato ficticio consistente
Mare mía, ese planteamiento es cómo el del sultán integrista que quemó los restos de la Gran Biblioteca de Alejandría bajo la consigna de...si contradice al Corán, debe de ser quemado por blasfemo......si no lo contradice, debe de ser quemado por redundante e innecesario.
Dime Avicena....¿bajo que hipótesis un testimonio de la victima no debe de ser tenido en consideración? Porque según lo que dices se me antoja imposible
¿Muchas pruebas? Solo se ha tenido en cuenta el testimonio de la victimaVer citas anterioresA ver, yo creo que le pusieron muchos agravantes y en una apelación se le puede reducir la pena.
Pero, para mí es claro que es una agresión sexual, tal como se relata en el auto, me parece que tienen muchas pruebas, me parece que fueron garantístas al menos en la acusación de agresión sexual, es que joder, a ver quién le dice no a tres maromos que aparecen de la nada.
Lo siento también por extenderme, intenté ser breve, no pasa nada por el hecho de que no coincidamos en estos asuntos.
El tema de los agravantes fue el criterio señalado por el TS para el tema de la manada y aplaudido por el feminismo. De hecho no hay mas agravante que el de la edad.
El argumento de "quien le dice a tres maromos",,,,por si no debería de ser un argumento definitorio...así a un tipo cachas tipo Swarzwnaguer cualquiera podría empurarlo por violación sin argumento posible para su defensa
No puede bastar sencillamente ese argumento per se sin tener enc uenta todo el contexto...y a mi el contexto de este caso me ofrece dudas mas que razonables...
Tu careces de dudas
Esa suerte que tienes.
saludos