AEVer citas anterioresEl Supremo avala que una juez no fuera elegida presidenta de la Audiencia de Barcelona por su independentismo
Angels Vivas se mostró a favor de la consulta soberanista y el alto tribunal responde que no puede esperar “que se olvide ese dato”. La magistrada no fue nombrada presidenta de la Audiencia de Barcelona, pese a estar muy por delante en el escalafón de Antonio Recio.
MADRID 13/03/2017 19:27 Actualizado: 13/03/2017 19:27 PÚBLICO
El Tribunal Supremo ha rechazado que la magistrada Àngels Vivas fuera discriminada por razones ideológicas o de sexo cuando en 2016 no salió elegida presidenta de la Audiencia de Barcelona y, en su lugar, se optó por un juez situado a más de 1.200 puestos por debajo del escalafón y con menor experiencia que ella.
La magistrada es una de las firmantes del 'Manifiesto de los 33' jueces que apoyaron el derecho a decidir. Y el Supremo responde a Àngels Vivas que "nadie la obligó a bajar a la arena política".
El fallo no acepta que Vivas haya sido discriminada por ser mujer y tampoco considera que, al haberse tenido en cuenta sus posiciones políticas, se haya vulnerado su derecho a la libertad de expresión.
De este modo, avala el nombramiento de Antonio Recio a pesar de que Vivas, una de las firmantes del manifiesto de jueces catalanes a favor de una consulta, cuenta con más experiencia que el elegido, tanto en trayectoria profesional de juez como en órganos colegiados y en antigüedad.
Un dato a no olvidar
"Nadie obliga a los jueces y magistrados a expresar públicamente sus opiniones sobre cuestiones socialmente controvertidas, ni menos aún sobre iniciativas políticas de muy dudoso encaje constitucional", dice el Supremo.
"Pero si lo hacen, -continúa- no pueden esperar un trato de favor. Quien voluntariamente baja a la arena política y participa en el debate y la lucha propios de ese ámbito, no puede razonablemente esperar que se olvide ese dato".
El Supremo recuerda en este sentido que sobre jueces y magistrados pesa un deber de neutralidad política, especialmente exigente cuando, como es el caso, el tiempo y el lugar son muy delicados.
Y añade que en ese contexto, de la presidencia de la Audiencia de Barcelona cabe esperar que esté al margen "de toda polémica pública".
La magistrada presentó dos recursos ante el Supremo contra la decisión del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) de nombrar presidente de la Audiencia de Barcelona a Recio, de la conservadora Asociación Profesional de la Magistratura (APM).
Recio se impuso a Vivas, de la asociación progresista Jueces por la Democracia (JpD), pese a estar situado en el puesto 1.359 del escalafón judicial, mientras que la magistrada ocupa el 159. La decisión contó con el voto particular de varios vocales progresistas del CGPJ.
El alto tribunal sostiene que sobre los jueces pesa un deber de neutralidad política, especialmente intenso y exigente cuando, como es el caso, el tiempo y el lugar son muy delicados. Explica que, en una coyuntura de extremada turbulencia político-institucional en Catalunya, de la Presidencia de la Audiencia Provincial de Barcelona, que es cabeza e imagen del Poder Judicial, “debe esperarse que esté al margen de toda polémica pública”. Que estas circunstancias se aplicasen a la magistrada Vivas Larruy no fue por tanto irrazonable.
También descarta que Vivas fuera discriminada por razón de sexo. El Supremo argumenta que el caso de Ángels Vivas tiene diferencias respecto al de la Presidencia del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, donde el alto tribunal dio la razón a una candidata y anuló el nombramiento de un juez varón porque el CGPJ no motivó las razones en las que se había basado para no aplicar la regla de preferencia de la mujer en caso de igualdad de méritos.
La razón es también política: Vivas firmó el 'Manifiesto de los 33', por lo que se da la peculiar circunstancia de la toma pública de posición de la juez sobre un tema de crucial importancia política e institucional.
La Sala también rebate la alegación de la recurrente de que el nombramiento no debió considerarse válido porque no contó con 11 votos afirmativos de los 21 miembros del Pleno del Consejo (el resultado fue de 10 votos a favor de Recio, 8 en favor de Vivas, y 3 votos en blanco).
La Ley Orgánica del Poder Judicial establece que los presidentes de audiencia son elegidos por mayoría simple de los miembros presentes. El Supremo indica que la expresión “mayoría simple” se opone al de “mayoría absoluta”, por lo que exigir 11 votos de los 21 miembros presentes sería pedir una mayoría absoluta donde la Ley sólo habla de mayoría simple.
Voto particular de José Manuel Sieira
Las dos sentencias (una referida al recurso ordinario de la juez, y otra al presentado por el cauce del procedimiento de especial protección de derechos fundamentales) se han acordado por 4 votos a 1. Ambas cuentan con el voto particular del magistrado José Manuel Sieira, que consideró que el CGPJ lesionó el derecho fundamental de Vivas a la no discriminación por razón de sexo, por lo que debió declararse nulo el nombramiento.
http://www.publico.es/politica/supremo- ... egida.html
El Supremo avala que una juez no fuera elegida presidenta de la Audiencia de Barcelona por su independentismo
El Supremo avala que una juez no fuera elegida presidenta de la Audiencia de Barcelona por su independentismo
“The government of today has no right to tell us how to run our lives, because the government of 200 years ago already did.” IASIP
Re: El Supremo avala que una juez no fuera elegida presidenta de la Audiencia de Barcelona por su independentismo
¿El puesto es de antigüedad o de libre designación?Ver citas anterioresDouglas escribió:AEVer citas anterioresEl Supremo avala que una juez no fuera elegida presidenta de la Audiencia de Barcelona por su independentismo
Angels Vivas se mostró a favor de la consulta soberanista y el alto tribunal responde que no puede esperar “que se olvide ese dato”. La magistrada no fue nombrada presidenta de la Audiencia de Barcelona, pese a estar muy por delante en el escalafón de Antonio Recio.
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El Tribunal Supremo ha rechazado que la magistrada Àngels Vivas fuera discriminada por razones ideológicas o de sexo cuando en 2016 no salió elegida presidenta de la Audiencia de Barcelona y, en su lugar, se optó por un juez situado a más de 1.200 puestos por debajo del escalafón y con menor experiencia que ella.
La magistrada es una de las firmantes del 'Manifiesto de los 33' jueces que apoyaron el derecho a decidir. Y el Supremo responde a Àngels Vivas que "nadie la obligó a bajar a la arena política".
El fallo no acepta que Vivas haya sido discriminada por ser mujer y tampoco considera que, al haberse tenido en cuenta sus posiciones políticas, se haya vulnerado su derecho a la libertad de expresión.
De este modo, avala el nombramiento de Antonio Recio a pesar de que Vivas, una de las firmantes del manifiesto de jueces catalanes a favor de una consulta, cuenta con más experiencia que el elegido, tanto en trayectoria profesional de juez como en órganos colegiados y en antigüedad.
Un dato a no olvidar
"Nadie obliga a los jueces y magistrados a expresar públicamente sus opiniones sobre cuestiones socialmente controvertidas, ni menos aún sobre iniciativas políticas de muy dudoso encaje constitucional", dice el Supremo.
"Pero si lo hacen, -continúa- no pueden esperar un trato de favor. Quien voluntariamente baja a la arena política y participa en el debate y la lucha propios de ese ámbito, no puede razonablemente esperar que se olvide ese dato".
El Supremo recuerda en este sentido que sobre jueces y magistrados pesa un deber de neutralidad política, especialmente exigente cuando, como es el caso, el tiempo y el lugar son muy delicados.
Y añade que en ese contexto, de la presidencia de la Audiencia de Barcelona cabe esperar que esté al margen "de toda polémica pública".
La magistrada presentó dos recursos ante el Supremo contra la decisión del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) de nombrar presidente de la Audiencia de Barcelona a Recio, de la conservadora Asociación Profesional de la Magistratura (APM).
Recio se impuso a Vivas, de la asociación progresista Jueces por la Democracia (JpD), pese a estar situado en el puesto 1.359 del escalafón judicial, mientras que la magistrada ocupa el 159. La decisión contó con el voto particular de varios vocales progresistas del CGPJ.
El alto tribunal sostiene que sobre los jueces pesa un deber de neutralidad política, especialmente intenso y exigente cuando, como es el caso, el tiempo y el lugar son muy delicados. Explica que, en una coyuntura de extremada turbulencia político-institucional en Catalunya, de la Presidencia de la Audiencia Provincial de Barcelona, que es cabeza e imagen del Poder Judicial, “debe esperarse que esté al margen de toda polémica pública”. Que estas circunstancias se aplicasen a la magistrada Vivas Larruy no fue por tanto irrazonable.
También descarta que Vivas fuera discriminada por razón de sexo. El Supremo argumenta que el caso de Ángels Vivas tiene diferencias respecto al de la Presidencia del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, donde el alto tribunal dio la razón a una candidata y anuló el nombramiento de un juez varón porque el CGPJ no motivó las razones en las que se había basado para no aplicar la regla de preferencia de la mujer en caso de igualdad de méritos.
La razón es también política: Vivas firmó el 'Manifiesto de los 33', por lo que se da la peculiar circunstancia de la toma pública de posición de la juez sobre un tema de crucial importancia política e institucional.
La Sala también rebate la alegación de la recurrente de que el nombramiento no debió considerarse válido porque no contó con 11 votos afirmativos de los 21 miembros del Pleno del Consejo (el resultado fue de 10 votos a favor de Recio, 8 en favor de Vivas, y 3 votos en blanco).
La Ley Orgánica del Poder Judicial establece que los presidentes de audiencia son elegidos por mayoría simple de los miembros presentes. El Supremo indica que la expresión “mayoría simple” se opone al de “mayoría absoluta”, por lo que exigir 11 votos de los 21 miembros presentes sería pedir una mayoría absoluta donde la Ley sólo habla de mayoría simple.
Voto particular de José Manuel Sieira
Las dos sentencias (una referida al recurso ordinario de la juez, y otra al presentado por el cauce del procedimiento de especial protección de derechos fundamentales) se han acordado por 4 votos a 1. Ambas cuentan con el voto particular del magistrado José Manuel Sieira, que consideró que el CGPJ lesionó el derecho fundamental de Vivas a la no discriminación por razón de sexo, por lo que debió declararse nulo el nombramiento.
http://www.publico.es/politica/supremo- ... egida.html
Re: El Supremo avala que una juez no fuera elegida presidenta de la Audiencia de Barcelona por su independentismo
Ver citas anterioresSanTelmo escribió:¿El puesto es de antigüedad o de libre designación?Ver citas anterioresDouglas escribió:AEVer citas anterioresEl Supremo avala que una juez no fuera elegida presidenta de la Audiencia de Barcelona por su independentismo
Angels Vivas se mostró a favor de la consulta soberanista y el alto tribunal responde que no puede esperar “que se olvide ese dato”. La magistrada no fue nombrada presidenta de la Audiencia de Barcelona, pese a estar muy por delante en el escalafón de Antonio Recio.
MADRID 13/03/2017 19:27 Actualizado: 13/03/2017 19:27 PÚBLICO
El Tribunal Supremo ha rechazado que la magistrada Àngels Vivas fuera discriminada por razones ideológicas o de sexo cuando en 2016 no salió elegida presidenta de la Audiencia de Barcelona y, en su lugar, se optó por un juez situado a más de 1.200 puestos por debajo del escalafón y con menor experiencia que ella.
La magistrada es una de las firmantes del 'Manifiesto de los 33' jueces que apoyaron el derecho a decidir. Y el Supremo responde a Àngels Vivas que "nadie la obligó a bajar a la arena política".
El fallo no acepta que Vivas haya sido discriminada por ser mujer y tampoco considera que, al haberse tenido en cuenta sus posiciones políticas, se haya vulnerado su derecho a la libertad de expresión.
De este modo, avala el nombramiento de Antonio Recio a pesar de que Vivas, una de las firmantes del manifiesto de jueces catalanes a favor de una consulta, cuenta con más experiencia que el elegido, tanto en trayectoria profesional de juez como en órganos colegiados y en antigüedad.
Un dato a no olvidar
"Nadie obliga a los jueces y magistrados a expresar públicamente sus opiniones sobre cuestiones socialmente controvertidas, ni menos aún sobre iniciativas políticas de muy dudoso encaje constitucional", dice el Supremo.
"Pero si lo hacen, -continúa- no pueden esperar un trato de favor. Quien voluntariamente baja a la arena política y participa en el debate y la lucha propios de ese ámbito, no puede razonablemente esperar que se olvide ese dato".
El Supremo recuerda en este sentido que sobre jueces y magistrados pesa un deber de neutralidad política, especialmente exigente cuando, como es el caso, el tiempo y el lugar son muy delicados.
Y añade que en ese contexto, de la presidencia de la Audiencia de Barcelona cabe esperar que esté al margen "de toda polémica pública".
La magistrada presentó dos recursos ante el Supremo contra la decisión del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) de nombrar presidente de la Audiencia de Barcelona a Recio, de la conservadora Asociación Profesional de la Magistratura (APM).
Recio se impuso a Vivas, de la asociación progresista Jueces por la Democracia (JpD), pese a estar situado en el puesto 1.359 del escalafón judicial, mientras que la magistrada ocupa el 159. La decisión contó con el voto particular de varios vocales progresistas del CGPJ.
El alto tribunal sostiene que sobre los jueces pesa un deber de neutralidad política, especialmente intenso y exigente cuando, como es el caso, el tiempo y el lugar son muy delicados. Explica que, en una coyuntura de extremada turbulencia político-institucional en Catalunya, de la Presidencia de la Audiencia Provincial de Barcelona, que es cabeza e imagen del Poder Judicial, “debe esperarse que esté al margen de toda polémica pública”. Que estas circunstancias se aplicasen a la magistrada Vivas Larruy no fue por tanto irrazonable.
También descarta que Vivas fuera discriminada por razón de sexo. El Supremo argumenta que el caso de Ángels Vivas tiene diferencias respecto al de la Presidencia del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, donde el alto tribunal dio la razón a una candidata y anuló el nombramiento de un juez varón porque el CGPJ no motivó las razones en las que se había basado para no aplicar la regla de preferencia de la mujer en caso de igualdad de méritos.
La razón es también política: Vivas firmó el 'Manifiesto de los 33', por lo que se da la peculiar circunstancia de la toma pública de posición de la juez sobre un tema de crucial importancia política e institucional.
La Sala también rebate la alegación de la recurrente de que el nombramiento no debió considerarse válido porque no contó con 11 votos afirmativos de los 21 miembros del Pleno del Consejo (el resultado fue de 10 votos a favor de Recio, 8 en favor de Vivas, y 3 votos en blanco).
La Ley Orgánica del Poder Judicial establece que los presidentes de audiencia son elegidos por mayoría simple de los miembros presentes. El Supremo indica que la expresión “mayoría simple” se opone al de “mayoría absoluta”, por lo que exigir 11 votos de los 21 miembros presentes sería pedir una mayoría absoluta donde la Ley sólo habla de mayoría simple.
Voto particular de José Manuel Sieira
Las dos sentencias (una referida al recurso ordinario de la juez, y otra al presentado por el cauce del procedimiento de especial protección de derechos fundamentales) se han acordado por 4 votos a 1. Ambas cuentan con el voto particular del magistrado José Manuel Sieira, que consideró que el CGPJ lesionó el derecho fundamental de Vivas a la no discriminación por razón de sexo, por lo que debió declararse nulo el nombramiento.
http://www.publico.es/politica/supremo- ... egida.html
Recio se impuso a Vivas, de la asociación progresista Jueces por la Democracia (JpD), pese a estar situado en el puesto 1.359 del escalafón judicial, mientras que la magistrada ocupa el 159. La decisión contó con el voto particular de varios vocales progresistas del CGPJ.
La Ley Orgánica del Poder Judicial establece que los presidentes de audiencia son elegidos por mayoría simple de los miembros presentes. El Supremo indica que la expresión “mayoría simple” se opone al de “mayoría absoluta”, por lo que exigir 11 votos de los 21 miembros presentes sería pedir una mayoría absoluta donde la Ley sólo habla de mayoría simple.
Re: El Supremo avala que una juez no fuera elegida presidenta de la Audiencia de Barcelona por su independentismo
Pues entonces no sé de qué narices se queja. Cada uno al elegir tiene sus filias y fobias.Ver citas anterioresJP escribió:Ver citas anterioresSanTelmo escribió:¿El puesto es de antigüedad o de libre designación?Ver citas anterioresDouglas escribió:AEVer citas anterioresEl Supremo avala que una juez no fuera elegida presidenta de la Audiencia de Barcelona por su independentismo
Angels Vivas se mostró a favor de la consulta soberanista y el alto tribunal responde que no puede esperar “que se olvide ese dato”. La magistrada no fue nombrada presidenta de la Audiencia de Barcelona, pese a estar muy por delante en el escalafón de Antonio Recio.
MADRID 13/03/2017 19:27 Actualizado: 13/03/2017 19:27 PÚBLICO
El Tribunal Supremo ha rechazado que la magistrada Àngels Vivas fuera discriminada por razones ideológicas o de sexo cuando en 2016 no salió elegida presidenta de la Audiencia de Barcelona y, en su lugar, se optó por un juez situado a más de 1.200 puestos por debajo del escalafón y con menor experiencia que ella.
La magistrada es una de las firmantes del 'Manifiesto de los 33' jueces que apoyaron el derecho a decidir. Y el Supremo responde a Àngels Vivas que "nadie la obligó a bajar a la arena política".
El fallo no acepta que Vivas haya sido discriminada por ser mujer y tampoco considera que, al haberse tenido en cuenta sus posiciones políticas, se haya vulnerado su derecho a la libertad de expresión.
De este modo, avala el nombramiento de Antonio Recio a pesar de que Vivas, una de las firmantes del manifiesto de jueces catalanes a favor de una consulta, cuenta con más experiencia que el elegido, tanto en trayectoria profesional de juez como en órganos colegiados y en antigüedad.
Un dato a no olvidar
"Nadie obliga a los jueces y magistrados a expresar públicamente sus opiniones sobre cuestiones socialmente controvertidas, ni menos aún sobre iniciativas políticas de muy dudoso encaje constitucional", dice el Supremo.
"Pero si lo hacen, -continúa- no pueden esperar un trato de favor. Quien voluntariamente baja a la arena política y participa en el debate y la lucha propios de ese ámbito, no puede razonablemente esperar que se olvide ese dato".
El Supremo recuerda en este sentido que sobre jueces y magistrados pesa un deber de neutralidad política, especialmente exigente cuando, como es el caso, el tiempo y el lugar son muy delicados.
Y añade que en ese contexto, de la presidencia de la Audiencia de Barcelona cabe esperar que esté al margen "de toda polémica pública".
La magistrada presentó dos recursos ante el Supremo contra la decisión del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) de nombrar presidente de la Audiencia de Barcelona a Recio, de la conservadora Asociación Profesional de la Magistratura (APM).
Recio se impuso a Vivas, de la asociación progresista Jueces por la Democracia (JpD), pese a estar situado en el puesto 1.359 del escalafón judicial, mientras que la magistrada ocupa el 159. La decisión contó con el voto particular de varios vocales progresistas del CGPJ.
El alto tribunal sostiene que sobre los jueces pesa un deber de neutralidad política, especialmente intenso y exigente cuando, como es el caso, el tiempo y el lugar son muy delicados. Explica que, en una coyuntura de extremada turbulencia político-institucional en Catalunya, de la Presidencia de la Audiencia Provincial de Barcelona, que es cabeza e imagen del Poder Judicial, “debe esperarse que esté al margen de toda polémica pública”. Que estas circunstancias se aplicasen a la magistrada Vivas Larruy no fue por tanto irrazonable.
También descarta que Vivas fuera discriminada por razón de sexo. El Supremo argumenta que el caso de Ángels Vivas tiene diferencias respecto al de la Presidencia del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, donde el alto tribunal dio la razón a una candidata y anuló el nombramiento de un juez varón porque el CGPJ no motivó las razones en las que se había basado para no aplicar la regla de preferencia de la mujer en caso de igualdad de méritos.
La razón es también política: Vivas firmó el 'Manifiesto de los 33', por lo que se da la peculiar circunstancia de la toma pública de posición de la juez sobre un tema de crucial importancia política e institucional.
La Sala también rebate la alegación de la recurrente de que el nombramiento no debió considerarse válido porque no contó con 11 votos afirmativos de los 21 miembros del Pleno del Consejo (el resultado fue de 10 votos a favor de Recio, 8 en favor de Vivas, y 3 votos en blanco).
La Ley Orgánica del Poder Judicial establece que los presidentes de audiencia son elegidos por mayoría simple de los miembros presentes. El Supremo indica que la expresión “mayoría simple” se opone al de “mayoría absoluta”, por lo que exigir 11 votos de los 21 miembros presentes sería pedir una mayoría absoluta donde la Ley sólo habla de mayoría simple.
Voto particular de José Manuel Sieira
Las dos sentencias (una referida al recurso ordinario de la juez, y otra al presentado por el cauce del procedimiento de especial protección de derechos fundamentales) se han acordado por 4 votos a 1. Ambas cuentan con el voto particular del magistrado José Manuel Sieira, que consideró que el CGPJ lesionó el derecho fundamental de Vivas a la no discriminación por razón de sexo, por lo que debió declararse nulo el nombramiento.
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Recio se impuso a Vivas, de la asociación progresista Jueces por la Democracia (JpD), pese a estar situado en el puesto 1.359 del escalafón judicial, mientras que la magistrada ocupa el 159. La decisión contó con el voto particular de varios vocales progresistas del CGPJ.
La Ley Orgánica del Poder Judicial establece que los presidentes de audiencia son elegidos por mayoría simple de los miembros presentes. El Supremo indica que la expresión “mayoría simple” se opone al de “mayoría absoluta”, por lo que exigir 11 votos de los 21 miembros presentes sería pedir una mayoría absoluta donde la Ley sólo habla de mayoría simple.
- Logan
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Re: El Supremo avala que una juez no fuera elegida presidenta de la Audiencia de Barcelona por su independentismo
Mejoramos el Estado y la justica si los candidatos tienen el carnet de tu partido político. Ser mejor o tener más experiencia es secundario...Ver citas anterioresSanTelmo escribió: Cada uno al elegir tiene sus filias y fobias.
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Re: El Supremo avala que una juez no fuera elegida presidenta de la Audiencia de Barcelona por su independentismo
Ser mas antiguo o tener mas experiencia no te hace ser el más capacitado para un puesto. ¿Eligió Puigdemont a los miembros de su gobierno en función de su antigüedad y experiencia o lo hizo por afinidad?Ver citas anterioresLogan escribió:Mejoramos el Estado y la justica si los candidatos tienen el carnet de tu partido político. Ser mejor o tener más experiencia es secundario...Ver citas anterioresSanTelmo escribió: Cada uno al elegir tiene sus filias y fobias.
- Logan
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Re: El Supremo avala que una juez no fuera elegida presidenta de la Audiencia de Barcelona por su independentismo
La capacidad es sinónimo de afinidad?Ver citas anterioresSanTelmo escribió:Ser mas antiguo o tener mas experiencia no te hace ser el más capacitado para un puesto. ¿Eligió Puigdemont a los miembros de su gobierno en función de su antigüedad y experiencia o lo hizo por afinidad?Ver citas anterioresLogan escribió:Mejoramos el Estado y la justica si los candidatos tienen el carnet de tu partido político. Ser mejor o tener más experiencia es secundario...Ver citas anterioresSanTelmo escribió: Cada uno al elegir tiene sus filias y fobias.
Vaya ejemplo ...Ponme otro ejemplo que no veo comunistas , socialistas, ni ecologistas en ningún gobierno conservador
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Re: El Supremo avala que una juez no fuera elegida presidenta de la Audiencia de Barcelona por su independentismo
Tampoco se ve gente de derechas en los gobiernos de izquierdas.Ver citas anterioresLogan escribió:La capacidad es sinónimo de afinidad?Ver citas anterioresSanTelmo escribió:Ser mas antiguo o tener mas experiencia no te hace ser el más capacitado para un puesto. ¿Eligió Puigdemont a los miembros de su gobierno en función de su antigüedad y experiencia o lo hizo por afinidad?Ver citas anterioresLogan escribió:Mejoramos el Estado y la justica si los candidatos tienen el carnet de tu partido político. Ser mejor o tener más experiencia es secundario...Ver citas anterioresSanTelmo escribió: Cada uno al elegir tiene sus filias y fobias.
Vaya ejemplo ...Ponme otro ejemplo que no veo comunistas , socialistas, ni ecologistas en ningún gobierno conservador
- Nowomowa
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Re: El Supremo avala que una juez no fuera elegida presidenta de la Audiencia de Barcelona por su independentismo
Vaya. Una jueza viola pública y gratuitamente la neutralidad política de su cargo y se queja de que luego otros jueces no la voten por ello. Lo que hay que ver.Ver citas anterioresDouglas escribió:AEVer citas anterioresEl Supremo avala que una juez no fuera elegida presidenta de la Audiencia de Barcelona por su independentismo
Angels Vivas se mostró a favor de la consulta soberanista y el alto tribunal responde que no puede esperar “que se olvide ese dato”. La magistrada no fue nombrada presidenta de la Audiencia de Barcelona, pese a estar muy por delante en el escalafón de Antonio Recio.
MADRID 13/03/2017 19:27 Actualizado: 13/03/2017 19:27 PÚBLICO
El Tribunal Supremo ha rechazado que la magistrada Àngels Vivas fuera discriminada por razones ideológicas o de sexo cuando en 2016 no salió elegida presidenta de la Audiencia de Barcelona y, en su lugar, se optó por un juez situado a más de 1.200 puestos por debajo del escalafón y con menor experiencia que ella.
La magistrada es una de las firmantes del 'Manifiesto de los 33' jueces que apoyaron el derecho a decidir. Y el Supremo responde a Àngels Vivas que "nadie la obligó a bajar a la arena política".
El fallo no acepta que Vivas haya sido discriminada por ser mujer y tampoco considera que, al haberse tenido en cuenta sus posiciones políticas, se haya vulnerado su derecho a la libertad de expresión.
De este modo, avala el nombramiento de Antonio Recio a pesar de que Vivas, una de las firmantes del manifiesto de jueces catalanes a favor de una consulta, cuenta con más experiencia que el elegido, tanto en trayectoria profesional de juez como en órganos colegiados y en antigüedad.
Un dato a no olvidar
"Nadie obliga a los jueces y magistrados a expresar públicamente sus opiniones sobre cuestiones socialmente controvertidas, ni menos aún sobre iniciativas políticas de muy dudoso encaje constitucional", dice el Supremo.
"Pero si lo hacen, -continúa- no pueden esperar un trato de favor. Quien voluntariamente baja a la arena política y participa en el debate y la lucha propios de ese ámbito, no puede razonablemente esperar que se olvide ese dato".
El Supremo recuerda en este sentido que sobre jueces y magistrados pesa un deber de neutralidad política, especialmente exigente cuando, como es el caso, el tiempo y el lugar son muy delicados.
Y añade que en ese contexto, de la presidencia de la Audiencia de Barcelona cabe esperar que esté al margen "de toda polémica pública".
La magistrada presentó dos recursos ante el Supremo contra la decisión del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) de nombrar presidente de la Audiencia de Barcelona a Recio, de la conservadora Asociación Profesional de la Magistratura (APM).
Recio se impuso a Vivas, de la asociación progresista Jueces por la Democracia (JpD), pese a estar situado en el puesto 1.359 del escalafón judicial, mientras que la magistrada ocupa el 159. La decisión contó con el voto particular de varios vocales progresistas del CGPJ.
El alto tribunal sostiene que sobre los jueces pesa un deber de neutralidad política, especialmente intenso y exigente cuando, como es el caso, el tiempo y el lugar son muy delicados. Explica que, en una coyuntura de extremada turbulencia político-institucional en Catalunya, de la Presidencia de la Audiencia Provincial de Barcelona, que es cabeza e imagen del Poder Judicial, “debe esperarse que esté al margen de toda polémica pública”. Que estas circunstancias se aplicasen a la magistrada Vivas Larruy no fue por tanto irrazonable.
También descarta que Vivas fuera discriminada por razón de sexo. El Supremo argumenta que el caso de Ángels Vivas tiene diferencias respecto al de la Presidencia del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, donde el alto tribunal dio la razón a una candidata y anuló el nombramiento de un juez varón porque el CGPJ no motivó las razones en las que se había basado para no aplicar la regla de preferencia de la mujer en caso de igualdad de méritos.
La razón es también política: Vivas firmó el 'Manifiesto de los 33', por lo que se da la peculiar circunstancia de la toma pública de posición de la juez sobre un tema de crucial importancia política e institucional.
La Sala también rebate la alegación de la recurrente de que el nombramiento no debió considerarse válido porque no contó con 11 votos afirmativos de los 21 miembros del Pleno del Consejo (el resultado fue de 10 votos a favor de Recio, 8 en favor de Vivas, y 3 votos en blanco).
La Ley Orgánica del Poder Judicial establece que los presidentes de audiencia son elegidos por mayoría simple de los miembros presentes. El Supremo indica que la expresión “mayoría simple” se opone al de “mayoría absoluta”, por lo que exigir 11 votos de los 21 miembros presentes sería pedir una mayoría absoluta donde la Ley sólo habla de mayoría simple.
Voto particular de José Manuel Sieira
Las dos sentencias (una referida al recurso ordinario de la juez, y otra al presentado por el cauce del procedimiento de especial protección de derechos fundamentales) se han acordado por 4 votos a 1. Ambas cuentan con el voto particular del magistrado José Manuel Sieira, que consideró que el CGPJ lesionó el derecho fundamental de Vivas a la no discriminación por razón de sexo, por lo que debió declararse nulo el nombramiento.
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“Lo único que necesita el mal para triunfar es que los hombres buenos no hagan nada” -Edmund Burke
Corolario de Nowomowa: tampoco ayuda cuando los buenos son idiotas.
Corolario de Nowomowa: tampoco ayuda cuando los buenos son idiotas.
Re: El Supremo avala que una juez no fuera elegida presidenta de la Audiencia de Barcelona por su independentismo
Esto solo pasa en EspañaVer citas anterioresNowomowa escribió:Vaya. Una jueza viola pública y gratuitamente la neutralidad política de su cargo y se queja de que luego otros jueces no la voten por ello. Lo que hay que ver.
"Se respira mejor ahora que llevamos mascarilla"
Re: El Supremo avala que una juez no fuera elegida presidenta de la Audiencia de Barcelona por su independentismo
"El alto tribunal sostiene que sobre los jueces pesa un deber de neutralidad política, especialmente intenso y exigente cuando, como es el caso, el tiempo y el lugar son muy delicados. Explica que, en una coyuntura de extremada turbulencia político-institucional en Catalunya, de la Presidencia de la Audiencia Provincial de Barcelona, que es cabeza e imagen del Poder Judicial, “debe esperarse que esté al margen de toda polémica pública”Ver citas anterioresDouglas escribió:AEVer citas anterioresEl Supremo avala que una juez no fuera elegida presidenta de la Audiencia de Barcelona por su independentismo
Angels Vivas se mostró a favor de la consulta soberanista y el alto tribunal responde que no puede esperar “que se olvide ese dato”. La magistrada no fue nombrada presidenta de la Audiencia de Barcelona, pese a estar muy por delante en el escalafón de Antonio Recio.
MADRID 13/03/2017 19:27 Actualizado: 13/03/2017 19:27 PÚBLICO
El Tribunal Supremo ha rechazado que la magistrada Àngels Vivas fuera discriminada por razones ideológicas o de sexo cuando en 2016 no salió elegida presidenta de la Audiencia de Barcelona y, en su lugar, se optó por un juez situado a más de 1.200 puestos por debajo del escalafón y con menor experiencia que ella.
La magistrada es una de las firmantes del 'Manifiesto de los 33' jueces que apoyaron el derecho a decidir. Y el Supremo responde a Àngels Vivas que "nadie la obligó a bajar a la arena política".
El fallo no acepta que Vivas haya sido discriminada por ser mujer y tampoco considera que, al haberse tenido en cuenta sus posiciones políticas, se haya vulnerado su derecho a la libertad de expresión.
De este modo, avala el nombramiento de Antonio Recio a pesar de que Vivas, una de las firmantes del manifiesto de jueces catalanes a favor de una consulta, cuenta con más experiencia que el elegido, tanto en trayectoria profesional de juez como en órganos colegiados y en antigüedad.
Un dato a no olvidar
"Nadie obliga a los jueces y magistrados a expresar públicamente sus opiniones sobre cuestiones socialmente controvertidas, ni menos aún sobre iniciativas políticas de muy dudoso encaje constitucional", dice el Supremo.
"Pero si lo hacen, -continúa- no pueden esperar un trato de favor. Quien voluntariamente baja a la arena política y participa en el debate y la lucha propios de ese ámbito, no puede razonablemente esperar que se olvide ese dato".
El Supremo recuerda en este sentido que sobre jueces y magistrados pesa un deber de neutralidad política, especialmente exigente cuando, como es el caso, el tiempo y el lugar son muy delicados.
Y añade que en ese contexto, de la presidencia de la Audiencia de Barcelona cabe esperar que esté al margen "de toda polémica pública".
La magistrada presentó dos recursos ante el Supremo contra la decisión del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) de nombrar presidente de la Audiencia de Barcelona a Recio, de la conservadora Asociación Profesional de la Magistratura (APM).
Recio se impuso a Vivas, de la asociación progresista Jueces por la Democracia (JpD), pese a estar situado en el puesto 1.359 del escalafón judicial, mientras que la magistrada ocupa el 159. La decisión contó con el voto particular de varios vocales progresistas del CGPJ.
El alto tribunal sostiene que sobre los jueces pesa un deber de neutralidad política, especialmente intenso y exigente cuando, como es el caso, el tiempo y el lugar son muy delicados. Explica que, en una coyuntura de extremada turbulencia político-institucional en Catalunya, de la Presidencia de la Audiencia Provincial de Barcelona, que es cabeza e imagen del Poder Judicial, “debe esperarse que esté al margen de toda polémica pública”. Que estas circunstancias se aplicasen a la magistrada Vivas Larruy no fue por tanto irrazonable.
También descarta que Vivas fuera discriminada por razón de sexo. El Supremo argumenta que el caso de Ángels Vivas tiene diferencias respecto al de la Presidencia del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, donde el alto tribunal dio la razón a una candidata y anuló el nombramiento de un juez varón porque el CGPJ no motivó las razones en las que se había basado para no aplicar la regla de preferencia de la mujer en caso de igualdad de méritos.
La razón es también política: Vivas firmó el 'Manifiesto de los 33', por lo que se da la peculiar circunstancia de la toma pública de posición de la juez sobre un tema de crucial importancia política e institucional.
La Sala también rebate la alegación de la recurrente de que el nombramiento no debió considerarse válido porque no contó con 11 votos afirmativos de los 21 miembros del Pleno del Consejo (el resultado fue de 10 votos a favor de Recio, 8 en favor de Vivas, y 3 votos en blanco).
La Ley Orgánica del Poder Judicial establece que los presidentes de audiencia son elegidos por mayoría simple de los miembros presentes. El Supremo indica que la expresión “mayoría simple” se opone al de “mayoría absoluta”, por lo que exigir 11 votos de los 21 miembros presentes sería pedir una mayoría absoluta donde la Ley sólo habla de mayoría simple.
Voto particular de José Manuel Sieira
Las dos sentencias (una referida al recurso ordinario de la juez, y otra al presentado por el cauce del procedimiento de especial protección de derechos fundamentales) se han acordado por 4 votos a 1. Ambas cuentan con el voto particular del magistrado José Manuel Sieira, que consideró que el CGPJ lesionó el derecho fundamental de Vivas a la no discriminación por razón de sexo, por lo que debió declararse nulo el nombramiento.
http://www.publico.es/politica/supremo- ... egida.html
Conclusión de un manipulador independentista en su tarea de construir una realidad alternativa: no ha sido elegida por ser independentista
Jordi "el catalán":
-Los jueces no deben actuar de forma libre e independiente
-Los políticos están para legislar, no para cumplir las leyes
Así lo dijo, lo juro :)
-Los jueces no deben actuar de forma libre e independiente
-Los políticos están para legislar, no para cumplir las leyes
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Re: El Supremo avala que una juez no fuera elegida presidenta de la Audiencia de Barcelona por su independentismo
Cuando un juez opina que el derecho a decidir no es pertinente está expresando una opinión que otro juez puede rebatir en sentido contrario apoyándose en los mismos cauces legales.
Argumentar que los jueces que avalan el referendum son sectarios y los que no lo hacen son imparciales es una estupidez de proporciones cósmicas.
Nacionalismo egggpañol en estado puro.
En fin...
Argumentar que los jueces que avalan el referendum son sectarios y los que no lo hacen son imparciales es una estupidez de proporciones cósmicas.
Nacionalismo egggpañol en estado puro.
En fin...
“La democracia son dos lobos y una oveja votando cuál será la cena. La libertad es la oveja, armada, impugnando el resultado” (Benjamin Franklin)
Re: El Supremo avala que una juez no fuera elegida presidenta de la Audiencia de Barcelona por su independentismo
¿Quién de entre los miembros de la Sala se ha manifestado a favor o en contra del "derecho a decidir"?Ver citas anterioresSertress escribió:Cuando un juez opina que el derecho a decidir no es pertinente está expresando una opinión que otro juez puede rebatir en sentido contrario apoyándose en los mismos cauces legales.
Argumentar que los jueces que avalan el referendum son sectarios y los que no lo hacen son imparciales es una estupidez de proporciones cósmicas.
Nacionalismo egggpañol en estado puro.
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"Se respira mejor ahora que llevamos mascarilla"
Re: El Supremo avala que una juez no fuera elegida presidenta de la Audiencia de Barcelona por su independentismo
Cada juez tiene su propia opinión al respecto. Manifestarla públicamente o no hacerlo no va a cambiar el sentido de la misma.
Hay jueces progresistas y otros que no lo son. ¿Deberíamos estigmatizar a unos respecto a los otros por el hecho de saberlo?
Las opininiones son como el culo, todo el mundo tiene uno.
Hay jueces progresistas y otros que no lo son. ¿Deberíamos estigmatizar a unos respecto a los otros por el hecho de saberlo?
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Re: El Supremo avala que una juez no fuera elegida presidenta de la Audiencia de Barcelona por su independentismo
Ya, pero aquí no se trata de que cada juez, como cada persona, tenga su opinión, sino de que la haga pública y tome partido por ella.Ver citas anterioresSertress escribió:Cada juez tiene su propia opinión al respecto. Manifestarla públicamente o no hacerlo no va a cambiar el sentido de la misma.
Hay jueces progresistas y otros que no lo son. ¿Deberíamos estigmatizar a unos respecto a los otros por el hecho de saberlo?
Las opininiones son como el culo, todo el mundo tiene uno.
"Se respira mejor ahora que llevamos mascarilla"
Re: El Supremo avala que una juez no fuera elegida presidenta de la Audiencia de Barcelona por su independentismo
¿La libertad de expresión está restringida para los jueces?
Yo pensaba que era un derecho universal recogido en cualquier carta magna que se precie de serlo.
Esto de ser demócrata a tiempo parcial me toca un poco los cojones.
Yo pensaba que era un derecho universal recogido en cualquier carta magna que se precie de serlo.
Esto de ser demócrata a tiempo parcial me toca un poco los cojones.
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- Nowomowa
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Re: El Supremo avala que una juez no fuera elegida presidenta de la Audiencia de Barcelona por su independentismo
El juez puede tener una opnión, pero si la expresa, está comprometiendo la neutralidad que es parte de su deber. Si esta jueza se define como independentista, ¿hemos de creer que juzgará igual a un independentista que a un no independentista? ¿Qué garantía tenemos de que no se dejará llevar por filias o fobias cuando ni siquiera es capaz de tener la boca callada? Es más, ¿qué puta mierda de juez es un juez que opina en vez de juzgar hechos?Ver citas anterioresSertress escribió:¿La libertad de expresión está restringida para los jueces?
Yo pensaba que era un derecho universal recogido en cualquier carta magna que se precie de serlo.
Esto de ser demócrata a tiempo parcial me toca un poco los cojones.
Y por otra parte, si un juez viola la neutralidad de su oficio (al que nadie le ha obligado, luego adquirió voluntariamente ese compromiso de ser neutral), los demás jueces también son libres de opinar que es un mal juez y no merece el cargo al que opta.
“Lo único que necesita el mal para triunfar es que los hombres buenos no hagan nada” -Edmund Burke
Corolario de Nowomowa: tampoco ayuda cuando los buenos son idiotas.
Corolario de Nowomowa: tampoco ayuda cuando los buenos son idiotas.
El Supremo avala que una juez no fuera elegida presidenta de la Audiencia de Barcelona por su independentismo
Particularmente a los jueces, cuerpos de seguridad del estado y otros elementos que se me pasan, la opción de expresar su opinión en público se la cercenaba directamente. Una vez que dejen sus puestos que digan lo que deseen.
Un saludo
Un saludo
Re: El Supremo avala que una juez no fuera elegida presidenta de la Audiencia de Barcelona por su independentismo
Nadie viola neutralidad alguna por el hecho de expresar su opinión. Expresarla públicamente o no hacerlo no varía un ápice el sentido de la misma.
Todo el mundo tiene una opinión y tiene reconocido el derecho a expresarla libremente. Los jueces no son una excepción.
Parece mentira que haya que discutir sobre algo tan elemental.
No es que falte democracia, que también, lo que falta son demócratas.
Todo el mundo tiene una opinión y tiene reconocido el derecho a expresarla libremente. Los jueces no son una excepción.
Parece mentira que haya que discutir sobre algo tan elemental.
No es que falte democracia, que también, lo que falta son demócratas.
“La democracia son dos lobos y una oveja votando cuál será la cena. La libertad es la oveja, armada, impugnando el resultado” (Benjamin Franklin)
Re: El Supremo avala que una juez no fuera elegida presidenta de la Audiencia de Barcelona por su independentismo
Es una votación de 21 personas y si eres una bocazas puede pasar que te ganes la antipatía de alguna de esas personas.Ver citas anterioresSertress escribió:Nadie viola neutralidad alguna por el hecho de expresar su opinión. Expresarla públicamente o no hacerlo no varía un ápice el sentido de la misma.
Todo el mundo tiene una opinión y tiene reconocido el derecho a expresarla libremente. Los jueces no son una excepción.
Parece mentira que haya que discutir sobre algo tan elemental.
No es que falte democracia, que también, lo que falta son demócratas.