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gálvez escribió:Ver citas anteriores
Avicena escribió:
Creo que lo importante en la LIVG, es la violencia por motivos y causas machistas en las relaciones afectivas, un problema social acuciante, se preocupa por el acto, no por la tipología del autor, de hecho hay procedimientos de reinserción social a los que practican ese tipo de conductas, no hay una estigmatización, cursos para concienciar a los maltratadores y dejen de serlo, ese comportamiento lo ven como algo circunstancial, educativo, social, no como algo permanente que define a esa persona.
Además cuál sería la tipología que se persiguiese, el hombre, en serio lo crees, ese tipo de violencia por sus características, las víctimas son las mujeres, pero no es misandrica su elaboración.
Que la jurisprudencia haya decidido que basta con que haya una violencia con el hombre agreda a su pareja para que sea tipificado como violencia de género, es una cuestión polémica, de lo que no estoy de acuerdo, pero esta es una cuestión de interpretación de las leyes, que es discutible, pero eso no quita que tenga que haber una agresión, una conducta a todas luces punible.
No veo yo que sea delito de autor.
Saludos
A ver Avicena, una cosa es lo que tu creas y otra distinta es cómo esté redactada la ley y cómo lo interpreta el Supremo.
No es una cuestión de interpretación de leyes, es que la jurisprudencia ya marca cómo debe de ser dicha interpretación , y esa es cómo te digo.
Antes algunos jueces cuando veían que el tema no tenía nada que ver con violencia machista lo derivaba al artículo de violencia domestica, intentando legislar en base a la motivación de la violencia, cómo pasa en el resto de delitos de violencia ideológica....pero es que eso ya no puede ser así, porque la ley es clara en ese sentido. Atendiendo a su literalidad es una ley que prima el perfil del autor del delito sobre las motivaciones o o las características del acto criminal en si mismo.
Por eso muchos juristas lo califican con el autoritario derecho penal de autor.
Lee el ejemplo que le puse a Pizarreño.
I
maginemos un matrimonio estilo anuncio de Campofrío...ella es de Vox, el de Podemos.Viendo un debate de la Sexta sobre estos temas se encabronan y llegan a al smanos por temas políticos, ella lo agrede profiriendo consignas machistas y antifeministas, el le responde.
Curiosamente el sería encausado por violencia machista (siendo victima de violencia machista) por el mero hecho de ser hombre y ella por violencia domestica, pese a ser una violenta machista porque la ley no concibe que una mujer pueda serlo (y creo que bastantes mujeres votan a Vox, por ejemplo)
No, no tiene sentido Avicena....creo que lo sensato es ante esta demostración práctica de su aplicación que la ley debe de ser reformada (no derogada porque creo es necesaria y en su parte de Integral es bastante práctica) para que no sea una ley formalmente autoritaria (derecho penal del autor) ni sexista.
Lo que argumentas de la reinserción y tal es irrelevante.Una ley puede ser lo mas totalitaria y fascistoide dle mundo y buscar la reinserción del reo. De hecho la ley de vagos y maleantes que traiste de ejemplo lo que busca es la reinserción....y muchos regímenes totalitarios te hablan alegremente de reinserción social de la gente....tras deconstrucciones mentales e ideológicas , cómo pasaba en la China de Mao y regímenes similares,,.,,,fijate que al emperador de China no lo pasaron por las armas pese a haber sido un colaboracionista , cómo pasó con la familia imperial rusa...fue reintegrado y reeducado, cómo puede verse en la peli esa del último emperador.
Lo cual no quita que sean planteamientos legislativos totalitarios por mucho que busque la reinserción
LA reinserción mola y tal....pero que una ley la incluya no quiere decir que sea una buena ley,
No entiendo tu reticencia a reformar y mejorar algo que es sensiblemente mejorable, que cubra a otras victimas de maltrato de similares características a lo que se entiendo por violencia machista pero protagonizado por mujeres o que sencillamente nos e riga por principios de derecho penal de autor, derecho penal germánico mediaval ni aberraciones de ese tipo, sino por modelos de derecho penal del acto propios de sociedades democráticas.
La LIVG tiene cosas muy positivas pero tiene otras cosas que deberían de ser mejoradas y reformadas a mi entender.
saludos
Cuándo me pronunció de esta forma, "creo"," mi opinión es", estoy intentando ser conciliador, diciendo que hablo desde lo que percibo como es verdad o justo, sin arrogarme infalibilidad o la verdad absoluta.
No entiendo que se utilice esa forma de comunicarme como contraargumento, diciendome, "no me importa lo que creas, las cosas son así".
Serán así según tu perspectiva, que creo equivocada.
La jurisprudencia en sí, es una interpretación de la ley, que se asienta como la que seguirán los Tribunales.
Pero es interpretación.
El Derecho y las leyes no son unívocas, de hecho es lo contrario a la exactitud, te debe de servir como ejemplo, el caso de la de rebelión, que pese a que el legislador lo hizo con cierto espíritu y niega que se pueda aplicar para este caso, jueces y fiscales digan, me da lo mismo lo que pensabas al redactarlo, la interpretación coherente es la mía.
Lo mismo pasa, con la LIVG, no es una ley clara, pocas hay, en las que se reduce a aplicar una simple literalidad.
Sino, que ha recibido varias interpretaciones y se ha creado un pandemónium al respecto y el Tribunal Supremo se ha pronunciado al respecto, eligiendo uno, que no significa infalibilidad.
Aún recuerdo la doctrina Atutxa y la doctrina Botín, dos jurisprudencias contradictorias, que se podía usar uno u otro según cómo le interesase a la abogacía del Estado o a la fiscalía.
La ley no es clara en ese sentido, sino no haría falta jurisprudencia.
Lo que no me gusta, es cuando no sea una violencia resultado de la creencia en la superioridad innata del hombre en el ámbito doméstico, esa es la violencia machista que persigue la LIVG, sino fruto de otras motivaciones, ideas fuerza, siga siendo considerado violencia de género.
En ningún caso entiendo que la violencia doméstica del hombre pueda ser tildada de no machista, con eso no estoy de acuerdo,de ahí a reemplazar la ley de violencia de género con una ley de violencia doméstica como pide Vox, hay un paso.
No es una ley de autor, es una ley de acto, que no supone exclusivamente tipificación por motivación, sino por contexto.
Estas planteando que una persona no sea acusada de terrorismo, aunque produzca violencia utilizando los recursos y el escudo de una banda terrorista, porque este arguya que el formaba parte de esa banda por motivos económicos o para liberar su agresividad, que el no le motivaba ideas políticas ni alterar el orden social.
La violencia de género es real, el machismo es real, por ser superestructura ideológica, no le quita realidad, ni lo convierte en un constructo ideológico, tiene la misma realidad, que las leyes, el Estado, las fuerzas de seguridad o los colectivos religiosos y produce unos efectos reales, muerte de mujeres a manos de su pareja.
No tiene nada que ver, una persona puede adscribirse a una ideología de izquierdas, puede incluso utilizar una dialéctica feminista superflua, que no práctica y ser un maltratador, ser un machista.
Y una mujer ser machista y no por ello dejar de ser víctima de violencia machista, ya conoces el síndrome de Estocolmo.
El caso que tú relatas, tienen que olvidarse en la investigacion policial de sus ideas políticas, pues si este es la causa de que lo acusen de un delito u otro, si que estamos ante delito de autor.
Sino, fijarse en los actos, las características de dichos actos, si el contexto en que lo hace es valiéndose de su prevalencia como hombre o si es una trifulca simétrica, aunque según la jurisprudencia actual aunque fuese lo segundo, el sería acusado de violencia de género y ella de agresión, de lo que no estoy de acuerdo.
No estoy en contra de reformarla, para eliminar ciertas injusticias en su aplicación, que son banalidades si lo comparamos con los derechos que defienden, pero de ahí a denominarlo como ley totalitaria o sexista, hay un trecho.
Una ley como la de vagos y maleantes, de autor, es contrario a la resocialización, si estigmatiza minorías como los homosexuales y los detienes por como son, no por lo que hacen, cómo va a haber reeducación.
Si fuera de autor estrictamente no hay condicionamiento social posible.
Pero, el tildar una ley totalitaria tienes que argumentarlo, no sólo porque no te guste.
Te doy la vuelta a la tortilla, el que un régimen totalitario contemple la reinserción no convierte a la reinserción en totalitaria y si que se puede decir que no aplican penas de autor, porque sino condenarian al emperador por ser emperador, el que busque su reeducación, muestra que lo condenaron por sus actos.
Cuántos fueron asesinados por ser nobleza o realeza.
En todo caso me parece una búsqueda desesperada de una recriminación a esta ley, busca la reinserción, también lo buscaban los regímenes totalitarios en sus trabajos forzados.
Si, pero no tiene, nada que ver, lo pretende mediante la formación, en que mediante su desarrollo personal libre y autónomo se de cuenta de lo inmoral, injusto y antisocial de su comportamiento, no la reeducación como en la naranja mecánica.
Es que haces comparaciones absurdas a mí entender, no deriva del derecho germánico, al menos en el sentido que tú dices.
Estoy a favor de otras leyes, que protejan colectivos vulnerables, pero que no busquen compensar un supuesto agravio comparativo del hombre hacia la mujer, que es inexistente, me parece una contrarreaccion al feminismo sin sentido que por desgracia surge con fuerza ahora.