¿Qué será primero, la independencia o la suspensión de la autonomía catalana?

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¿Qué crees que pasará antes, la independensia o la suspensión de la autonomía catalana?

La Independensia
7
10%
La suspension de la autonomia
14
19%
La independensia e inmediatamente despues el art155
11
15%
Nada, seguiran tensado la cuerda per secula
41
56%
 
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gálvez
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Re: ¿Qué será primero, la independencia o la suspensión de la autonomía catalana?

Mensaje por gálvez »

Estoy diciendo que tu terminología sobre derecho no es precisa y a eso le llamas ad hominem :facepalm: :facepalm: :facepalm:

Y seré presuntuoso (aunque por dos veces haya repetido que yo también suelo equivocarme y que no soy experto en la materia....debo de ser un presuntuoso muy extraño) pero te he hecho ver que usas unos términos confusos y no precisos que luego dificulta los debates y degeneran en diálogo de besugos.

Y no es cuestión de negociar términos, es que el lenguaje n derecho cómo te he dicho es preciso, Avicena, no puedes adaptarlo a tu conveniencia.

Te he hecho ver lo de hechos probados, que si, que es una mera anécdota, pero joder, tres post ha costado que reconozcas algo que al menos podrías habertelo cuestionado a la primera en lugar de tomar la defensa numantinocantinflera, es que es muy cansino en textos tan largos.

Respecto al tema....el juez instructor es Llerena, el pollo de SH es el juez que tramita la extradición via euroorden, la UCO y demás le presenta pruebas y tal al instructor, la tarea del juez alemán es tramitar la euroorden no instruir...en esa tramitación al ser un delito que no entra en los casos de doble tipificación inmediata puede pedir información adicional al juez instructor español sobre el delito en cuestión para ver si ese hecho sería delito en Alemania...pero no puede ponerse a instruir, calibrar pruebas y todo eso, por el principio de mutuo reconocimiento.Hacer eso sería hacer una instrucción paralela.

PD el principio de doble reconocimiento es reconocer al juez extranjero del mismo modo que si fuese un juez nacional. Un juez nacional nunca medraría en la instrucción de un juez de otro tribunal que estuviese instruyendo un caso.

No Avicena, no :facepalm:
Te lo he definido antes. EL principio de mutua confianza se refiere a que ambos sistemas judiciales se reconocen su mutua legitimidad y no dudan que vayan a cumplir con los derechos humanos
El principio de mutuo reconocimiento es el reconocimiento entre jueces que se reocnocen cómo iguales, cómo si ambos formasen parte del mismo sistema judicial
Pues explicaselo a los que montaron la euroorden o reniega de ella, porque los principios en los que se basan las euroordenes son esos....principio de confianza y principio de reconocimiento.
¿Qué las leyes son distintas en los paises?Eso ya o sabemos, por eso existe un acuerdo de mínimos en el caso de las dobles tipificacioens automáticas (los 32 delitos) y las dobles tipificaciones facultativas , donde el juez que tramita la euroorden debe de decidir si esos hechos serían delito en su pais.
Pero por supuesto que un juez Holandes por supuesto que debe de considerar que Polonia o Bulgaria son sistemas igualmente de respetuosos con los DDHH que ellos...de eso va la euroorden
Y debe de considerar al jhuez rumano de turno que es un profesional igual de capacitado que el, y debe de atender a us peticiones del mismo modo que atendería a un juez de Hamburgo....de eso va la euroorden. El ejemplo es absurdo porque cómo no estamos hablando de un recurso no es aplicable a la euroorden
En la euroorden se está tramitando una extradición. Eso no convierte al juez receptor de la euroorden en un tribunal de segunda instancia.
La tarea de un tribunal de segunda instancia es revisar posibles fallos en la sentencia del primer tribunal
La tarea del tribunal tramitador de una euroorden no es esa. Es ver si dicho acto es delito en ese pais, pero da por bueno el relato del juez instructor...cómo haría con el relato de un juez de Hamburgo por ejemplo.

En los recursos no debe de existir ese principio de no dudar de los criterios del otro juez.
En las instrucciones si. Si en las euroordenes se da esa principio de mutuo reconocimiento no se debe de dudar del criterio del juez peticionario de extradición.


Te he pedido que honestamente cogas el artículado de ambos articulados penales y me expliques que diferenicas sustanciales se dan para que unos hechos catalogados cómo violentos por el instructor español y destinados a producir una secesión no sea considerado alta traición en Alemania

Me saltas con lo del Vandalismo.
El vandalismo son solo actos violentos....por si solo no tiene ninguna relación con lo que estamos hablando

No creo que en ALemania se haya dado jurisprudenica de unos hechos similares

Ya, claro que lo harían legisladores distintos....pero lo que importa en las leyes no es quein las hace...sino que demonios ponen, el qué y cómo se legisla...no el quién.
Si vas a arugumentar que son legiusladores distintos nos podemos ahorrar las euroordenes....porque seguro que las leyes en cada pais lo han hecho gente distinta. :facepalm:

.

Yo tras leer un articulado y otro sigo sin entender en que se diferencian sustancialmente una y otras cómo para haber desdeñado la petición del juez español sin violar de facto ese principio de mutuo reconocimiento.
Por eso te pido ayuda, ya que tu lo ves tan claro te pido que aparece en el articulado que justifique semejante circunstancia
eso ya lo se , se llama tipificación facultativa.
Lo que no veo claro son los motivos en los que se basa el juez alemán,. que a mi me parece una violación del principio de doble reconocimiento encubierta y por tanto una meada en el espiritu de la euroorden

Te pido a que me argumentes y me hagas er en qué estoy equivocado.

Si sobre su relato. Si en Alemania y es España Alta traición/Rebelión es proclamar la independencia y que se produzca violencia y Llerena dice que se dan esas dos circunstancias....si el juez alemán dice que no está saltándose ese reconocimiento .
Podríamos ampararnos en que el articulado tiene sensibles diferencias....por eso te pido si tu ves alguna diferencia sensible , porque yo no termino de verlo.

Entonces habla de que desde la prensa internacional se está diciendo....no que desde los estrados internacionales se está diciendo.....es que son dos cosas muy pero que muy distintas



Gñe....


llevas todo el post diciendo que los jueces no cuesionan el trabajo de Llerena....que no cuesionan que eso sea delito en España, y ahora me saltas que eso confirma tu tesis de que eso no era delito en españa

:-o :-o :-o :-o :-o :-o


Otro contrasentido. El juez alemán no puede entrar en valoirar las pruebas de la policía española.Eso sería realizar una instrucción paralela.

No lo soy.,...pero al menos lo se.


:facepalm: :facepalm: :facepalm: :facepalm:


Avicena , ¿cómo es posible que tras defender en todos estos parrafos que el juez alemán no cuestiona el criterio del juez español, solo dice que en Alemania eso no sería delito me vengas ahora conque el juez alemán reespalda tu postura....cuando expresamente en su auto afirma lo contrario?

No te parece esa actitud de un ventajismo supino




Gñe....

Estoy usando una argumentación jurídica (seguramente erronea porque no soy experto) donde defiendo porqué pienso que se ha actuado contra el espiritu de la euroorden.
En ningún momento he usado ningún calificativo ni me he montado ninguna paranoia dle tipo de "corrupción sistémica de la judicatura elamana y tal y cual"

Manda huevos



Pero parta ti es evidente que también ha dicho que tampoco de rebelión :sisi


[ Venga ya, si es lo que vengo afirmando desde un principio...menudo hombre de paja

Lo que digo es que no veo diferencias sustanicales en el articulado de ambas legislaciones cómo para que se desdeñen los hechos si no es dudando de lo pedido por Llerena,y eso entiendo es saltarse de tapadillo lo del mutuo reconocimento.
Por supuesto es mi opinión basada en interpretar ambos articulados
Estoy a la espera en que con el articulado en la mano me expliques en base a qué

Estás a favor de la euroorden pero paralelamente dudas del principio de mutua confianza entre paises (me remito a tus comentarios anteriores ) ergo tu defensa de la euroorden es en base al prefijo Euro que lo chachipiruliza todo , no a lo que realmente supone.

El principio de mutua confianza si es una confianza ciega.
Supone que no puedes dudar del sistema judicial del pais peticionario....ese es el principio y no otra cosa Avicena...si dudas de que en Bulgaria o en Eslovaquia tengan un sistema judicial civilizado no estás asumiendo dicho principio

Porque es un ejemplo del nivel de ridículo que se puede llegar en base a especulaciones gratuitas

saludos
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Avicena
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Re: ¿Qué será primero, la independencia o la suspensión de la autonomía catalana?

Mensaje por Avicena »

No avanzamos nada, porque en vez de un debate degenera en una especie de recriminaciones que no ayudan a dilucidar el fondo de la cuestión.
Tampoco usas terminología precisa, como decir que el Tribunal de S-H están realizando una " instrucción" paralela y es algo mucho más importante porque tu ataque a dicho tribunal gira sobre eso.
Si no eres presuntuoso reconocerlo con hechos, no diciendo que tu tampoco usas los términos precisos. Así avanzaremos.
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» Friedrich Nietzsche
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gálvez
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Re: ¿Qué será primero, la independencia o la suspensión de la autonomía catalana?

Mensaje por gálvez »

Claro que oficialmente no está realizando una instrucción paralela. Que está realizando una instrucción paralela de facto es mi crítica.
:facepalm: :facepalm: :facepalm:
Es cómo si tu dices que Llerena está ejerciendo de "inquisidor" entiendo que no te estás refiriendo a un termino jurídico preciso , sino que estás criticando el proceder del mismo. :facepalm:

Te he criticado las impresiciones proque si yo argumento que fulano se salta el principio d emutuo reconocimiento, definiendote previamente que es principio de mutuo reconocimiento, y tu me saltas con "fulano no se salta el principio de no reconocimiento porque el principio de miutuo reconocimiento es "aserejedejedeje ....cualquier semeocurre" pues es imposible debatir nada

Vale, lo dejamos, no esperaba que aceptases tan mal las críticas.Mis disculpas si he sido ofensivo que entiendo que no

un saludo
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Avicena
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Re: ¿Qué será primero, la independencia o la suspensión de la autonomía catalana?

Mensaje por Avicena »

Sostenella et non enmendalla, te refieres a que la tramitación de una euroorden es una instrucción de facto, cuando una instrucción es un procedimiento formal en derecho.
Hablar de términos de derecho de facto y no de iure es una imprecisión de libro.
Es como si digo, unos hechos atestiguados y comprobados de facto son hechos probados aunque de iure no lo sea porque requiere un proceso formal jurídico.
Lo normal es que si ves que hay un uso impreciso de un término importante para la argumentación, lo expongas y más cuando tu forma de postear es responder a cada párrafo, decir acusaciones generales de imprecisión lleno de apreciaciones personales que no vienen a cuento, pues no ayuda a centrarse en el debate.
Lo digo para que el debate sea más instructivo para ambos.
Tu puedes usar metáforas, hipérboles, etc... Y a los demás les exiges precisión, como que hay una asimetría.
No me siento ofendido, porque veo que es una forma tuya de debatir, no es algo personal, que en algunos aspectos es buena, pero en otras no, espero que aceptes también las críticas.
Reconoce tus errores, que yo no soy de los que lo recuerdo y lo utilizo como elemento de recriminación en debates posteriores.
Saludos Galvez
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gálvez
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Re: ¿Qué será primero, la independencia o la suspensión de la autonomía catalana?

Mensaje por gálvez »

:facepalm: :facepalm: :facepalm:

Cuando alguien apostilla con la coletilla "de facto" precisamente se está refiriendo a que no habla de "iure"
¿Cómo algo puede ser impreciso cuando intenta "precisar" algo.? :facepalm: :facepalm: :facepalm:
Con esa frase pretendo decir que aunque formalmente la tremitación de la euroorden pueda ser correcta , de "facto" se ha realizado una instrucción paralela, no se ha respetado el principio de mutuo reconocimiento.

Entiendo tu pataleta si te has sentido ninguneado por algún comentario mío, pero esto es ridículo

Claro, es cómo si lo dijeses pero no lo has dicho. Para eso se usa el termino de facto , para diferenciarlo de algo que es de iure.

Creo haberlo hecho hasta la saciedad. Cómo muestra cuenta cuantas veces he definido lo de "mutuo reconocimiento" y mutua confianza

Y reitero las disculpas si algo te ha sentado mal....pero no eran por ningunearte, sino por salvarte la cara.
He eescusado que te liabas con la terminología por desconocimiento. De hecho creo haber usado el termino "buena fe" para no ofenderte.

Tu puedes usar metáforas, hiperboles y cualquier otro recurso discursivo que desees.
Lo que te he pedido es que no cambies el significado de los términos a conveniencia porque sino acabamos en diálogo de besugos

Criticas aceptadas, pero que te recuerde cosas del mismo hilo que debatimos sobre la misma temática no me parece el colmo del retorcimiento.Otra cosa es que el hilo sea muy largo y los debates se prolonguen en el tiempo :D
Pero si, tengo el defecto de memoria fotográfica a la hora de recordar argumentos de las personas con las que debato. En buena parte porque suelo cuestionarme mis posturas y suelo darle vueltas a lo que a mi me argumentan.

saludos
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Avicena
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Re: ¿Qué será primero, la independencia o la suspensión de la autonomía catalana?

Mensaje por Avicena »

Ya, pero es la primera vez que usas la coletilla "de facto", hasta este momento no lo has hecho y hasta que no lo has dicho has sido impreciso.
Llevo tiempo diciéndote que no se ha producido dicha instrucción y hasta ahora no has rectificado.
Te agradezco que definas mutuo reconocimiento o mutua confianza pero eso no te da la razón en su uso o aplicación, no anula la incriminación facultativa en las euroordenes en su caso, por ejemplo creo que no lo estas usando adecuadamente, pero en eso consiste el debate, aquí no estoy siendo impreciso, porque el que está usando esos términos para acusar a los jueces alemanes de no respetar el espíritu de la euroorden eres tu.
Recae sobre ti la carga de la prueba.
No recuerdo cambiar el significado de las palabras, aunque creo que la mayoría de los desencuentros es por diferencias en el "uso" de los términos, no sólo contigo, los debates se producen por diferencias de lenguaje fundamentalmente, lo que se entiende por cada término y eso con definiciones al lado muchas veces no es lo mismo en los dos tertulianos, es lo normal y entra dentro de los desencuentros por lo que se debate.
Decir que uno hace el uso correcto de los términos y el otro no, viene a significar que el uno tiene razón y el otro no en la discusión y con ello ya no hay debate y no tiene sentido las discusiones, mientras dos piensen lo contrario sobre un tema esto va a pasar.
Recriminar el mal uso de los términos en general, es como recriminar el que uno no coincida con el otro.
Uno tiene que asimilar que le van a contradecir, entra dentro de la normalidad del debate.
Me parece más entretenido cuando estas en modo pedagógico, que cuando recuerdas errores, porque suelen ser selectivos, no vas a recordar los aciertos del forero porque estas minandote en la discusión.
Considero importante cuando uno también reconoce sus propios errores, porque demuestra que quiere alcanzar la verdad, si uno se preocupa de que en los debates tenga uno apariencia de infalibilidad, busca persuadir por tener cierta imagen de autoridad que convencer mediante el uso argumentativo de la razón y la lógica.
De todos modos eso es algo que todos caemos y reitero que es un placer debatir contigo, Galvez.
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mezquita
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Re: ¿Qué será primero, la independencia o la suspensión de la autonomía catalana?

Mensaje por mezquita »

Que se puede esperar de un gobierno catalán, donde están ahora mismo al acecho a más de 4000 comercios, obligándoles a cambiar los rótulos en castellano por el catalán. Multas no faltan.

Eso sí que es de nazis y fascismo en estado puro. :jojojo :fumando: Enviado


.
Un funcionario en Venezuela, con el salario de un mes, tiene para un menú en el Macdonalds.
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Ganímedes
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Re: ¿Qué será primero, la independencia o la suspensión de la autonomía catalana?

Mensaje por Ganímedes »

Cataluña crecerá un 1,7% en 2018, la mitad que Madrid, Galicia y Valencia, según Funcas
http://www.eleconomista.es/economia/not ... uncas.html

Madrid liderará el crecimiento en 2018 y Cataluña crecerá por debajo de la media nacional, según BBVA Research
https://okdiario.com/economia/cuentas-p ... ch-2846145
Jordi "el catalán":
-Los jueces no deben actuar de forma libre e independiente
-Los políticos están para legislar, no para cumplir las leyes

Así lo dijo, lo juro :)
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gálvez
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Re: ¿Qué será primero, la independencia o la suspensión de la autonomía catalana?

Mensaje por gálvez »

De entrada es un poco ridículo que me acuses de poco preciso al usar el término "instrucción paralela", cuando el termino lo introduces tu en el debate, yo solo lo recojo.
Es decir, que eres quien lo ha acuñado.

PEro bueno, no me parece mal término para definir la crítica a la actuación del juez de HS
Ya d epaso aclaro que efectivamente lo de "instrucción paralela" es un termino figurado, en ningún momento digo que formalmente hayan abierto una instrucción, sino que al pasarse por el arco el relato de Llerena y por tanto el espiritu de doble reconocimeinto está actuando "de facto" cómo una segunda instancia de instrucción.

Formalmente estamos de acuerdo de que estamos hablando de la tramitación de una euroorden, y que formalmente es correcta.
Mi critica (a ver si queda claro) consiste en que se ha traicionado el principio de mutuo reconocimiento, ya que se ha dudado de la versión de que existió violencia esgrimida por el juzgado español ya que tanto la ley alemana cómo la ley española coinciden en que intento de separación + violencia es igual a rebelión/alta traición.
Al considerar que no hay alta traición entiendo que sencillamente no ha respetado ese principio de mutuo reconocimiento y al ponerse a calibrar pruebas e indicios de motu propio está haciendo lo mismo que haría un juez instructor. Es decir no se ha ceñido a calibrar si "Procvlamar la separación de un territorio de forma violenta es alta traición" sino que se ha metido a calibrar si se ha dado violencia o no, dudando del relato de Llerena.Eso se parece mucho a una instrucción y fácticamente apoyándose en la Tipificación facultativa está ninguneando el principio de mutuo reconocimiento.

Definiciones

1)Confinza mutua. Confias en el otro sistema judicial cómo si fuese el tuyo
2)Mutuo Reconocimiento. Valoras al juez que ha geenrado la euroorden cómo si fuese un juez de tu mismo sistema judicial
3)Tipificación automática. La referida a los 32 delitos de marras
4)Tipificación facultativa. La que determina el juez que tramita la euroorden en el pais receptor para ver si los delitos de los que se acusa al reo son equivalentes a alguna tipificación local.

Por otra parte,alguna de mis criticas a tu relato que no me has respondido.

Dices que el auto del juez aleman justifica tu postura de que lo de Puigdmeont y cia no es delito de rebeñión en españa. Y eso es literalmente faloso y ademñas contradictorio con el discurso que mantienes en este debate.
No puede ser respetuoso ocn la euroorden y además afirmar que no es delito de rebelión, porque entonces no es que se hubiese pasado de facto los principios de la euroorden, es que lo habría hecho además formalmente y de iure, dirimiendo desde una jurisdicción extranjera aspectos legales españoles.

Si afirmas que eso te da la razón en lo del delito de rebelión pues entonces estás afirmando que el juez alemán ha aplicado mal la euroorden formalmente.

Además eso es rigurosamente falso pues en su propio auto afirma que en España no existen presos politicos ni cuestiona las imputaciones realizadas por llerena por delito de rebelión.


saludos
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Avicena
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Re: ¿Qué será primero, la independencia o la suspensión de la autonomía catalana?

Mensaje por Avicena »

A ver que nos liamos, yo no lo introduzco, lo recojo de tus argumentaciones, es cierto que no tengo la costumbre de citar y no lo he citado directamente, por eso has pensado que lo he introducido, no solo instrucción paralela, si no que hablabas de instrucción a secas como recriminación de lo que estaba haciendo el Tribunal.
Para mi el procedimiento previo a una apertura de expediente, en el que se admite o inadmite una denuncia es la que sería parecido al tramite de incriminación facultativa en una euroorden.
Y ambos casos se parecen a la instrucción pero no lo son, pues se recogen pruebas e informes aportados por la policía judicial y la fiscalía, pero en la instrucción es de una manera exhaustiva y va dirigido a sentar una base para un proceso posterior.
Por lo que el Tribunal de S-H entra a valorar los hechos atestiguados por dichos informes y pruebas y en base a ello lo admite o lo inadmite, no entra a valorar el relato del juez Llarena no porque lo ningunee, sino porque no le compete, no se esta infringiendo la mutua confianza ni el reconocimiento mutuo, solo debe tener en consideración si los hechos que se derivan de dichas pruebas o dichos informes entra dentro del ámbito de aplicación del delito de alta traición, saltarse ese tramite, sería prevaricar, es un Tribunal, su trabajo es juzgar e interpretar los hechos, no es un funcionario que sella lo que reciba.
Rebelión y alta traición no implica únicamente proclamar la separación de un territorio y violencia.
Se puede dar rebelión o alta traición sin proclamar la separación de un territorio, hay otros ámbitos políticos o institucionales en los que también se da esos supuestos.
Por eso es muy importante delimitar que tipo de violencia, que es un delito de 30 años, que no es moco de pavo, no se puede dar una violencia de baja intensidad, que solo se consideraría vandalismo y al conectarlo con una defensa de determinadas ideologías proclamarlo rebelión, eso es abrir la veda a un Estado totalitario.
Por eso considero importante delimitar que se entiende por violencia en una rebelión o alta traición, me parece algo increíble que se justifique como violencia constitutiva de rebelión la que se produce en el 1-O, pero la recibida por la policía, ignorando que esto se da en un contexto de violencia policial muy asimétrica, los que repartían la panoja de verdad eran los polis.
Es importantísimo delimitar lao que es violencia y siguieron una jurisprudencia muy razonable, los aeropuertos son lugares públicos de alto valor estratégico e institucional y la violencia cometida contra ellas por motivaciones políticas podría ser considerado como alta traición, se ha dado el caso de unas manifestaciones muy violentas en el aeropuerto de Frankfurt que no se consideraron alta traición porque no se llegó a la violencia suficiente como para doblegar los poderes públicos y segundo porque se daban en un contexto de manifestación, derecho fundamental protegido.
Y el Tribunal de S-H aplico los hechos acontecidos en Cataluña con el Derecho alemán.
Desde el punto de vista formal es cierto que los jueces alemanes no contradicen al juez Llarena, porque no se pone a valorar la aplicacion del Derecho español que solo le compete a los jueces españoles y que por el Principio de mutuo reconocimiento respetan sus ámbitos.
Pero también es cierto que se parecen mucho los dos tipos de delitos y el Derecho español y alemán no deben de ser tan diferentes, por eso digo que en cierto modo refuerza mi postura, si no es delito de alta traición no está muy desencaminado que tampoco sea de rebelión.
No va a acusar a Llarena de prevaricación ni de la existencia de presos políticos, porque la Euroorden es un instrumento de colaboración en la que prima la mutua confianza .
Serán otros organismos comunitarios los que se ocuparían de ello.
Y cual es tu postura al respecto, se está pronunciando sobre alta traición el Tribunal alemán ??, porque pareces obviar que después de la tipificación facultativa viene la incriminación del reo, no se puede extraditar por un delito no reconocido en dicho país.
Saludos Galvez
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» Friedrich Nietzsche
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gálvez
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Re: ¿Qué será primero, la independencia o la suspensión de la autonomía catalana?

Mensaje por gálvez »

1) No voy a profundizar mas en la polémica por esteril...pero creo que el primero en usar el término "instrucción paralela" que me criticas por impreciso, fuiste tu. Lo digo tras tirar de buscador...pero no importa, podría haberlo dicho pues se ajusta bastante a lo que pretendo decir
2)La instrucción facultativa es UNO de los principios de la euroorden...cómo lo es lo de a mutua ocnfianza y el mutuo reconocimiento.
La instrucción facultativa consiste en decidir si los actos por los que se pide la extradición de un sujeto serían constitutivo de delito en Alemania o no.
Eso puede hacerse de varias maneras....comparando la normativa y dando por bueno el relato del juez extranjero tanto cómo si fuese un juez nacional,
O por contra puedes obviar el relato de dicho juez y meterte tu mismo a evaluar las pruebas.

En ambos casos hablaríamos de instrucción facultativa. Pero en el primero se hablaría ademas de mutuo reconocimento y en el segundo no

Te hago notar que ni siquiera en una segunda instancia (el recurso de una sentencia a un tribunal superior) el juez de dicha segunda instancia (cuya función es precisamente revisar el veredicto del primero ) no puede salvo en casos muy extremos entrar en la valoración de la prueba sino solo entrar si la sentencia no tiene fallos que no se ajusten a derecho.
El juez de SH al meterse en semejante charco a antepusto su criterio facultativo obviando el de doble reconocimiento

Lo de "sino estaría prevaricando" es en mi opinión una chorrada.
Si un juez de Galicia recibe una petición de un juez de Málaga respecto a un sujeto...este podrá evaluar si dicha petición es formalmente OK, pero nunca va a meterse a evaluar las pruebas del juez instructor de Málaga para ver si está haciendo su trabajo bien o no vaya a ser que prevarique.


Correcto , pero en ambos casos la figura de la separación unilateral es reconocida tanto cómo acto de rebelión o alta traición. Que reconzca otros actos es indiferente de cara a lo que estamos hablando.
.

El principio de mutua confianza da por hecho de que no estamos tratando de estados totalitarios, por lo cual el juez alemán no debe de entrar a valorar "vayan a ser que los españoles estos sean unos totalitarios", si hablan de violencia será de una violencia entendible cómo tal en todo el mundo civilizado.

Dos cosas.Por supuesto que la violencia policial es asimétrica....por supuesto que si. Tan asimétrica que en todos los estados civilizados del mundo se considera que es el estado el que tiene el monopolio de la violencia. Fijate si es asimétrica.

Lo preocupante sería que se reconociese su simetría. Iríamos al paraiso liberal de Somalia
El proximo G8 o G20 vete a Hamburgo y les hablas a los antidisturbios boches lo de la violencia asimétrica y tal.
La segunda....lo de la petición no es solo en base a los sucesos del 1 O, de ser así Puigdemont se habría tenido que meter en el maletero el dia 2 de Octubre....es por lo de la DUI, que es cuando se generan las peticiones de ir a declarar.

Lo que a ti te parece razonable a mi me parece un disparate. Primero en Alemania no existe jurisprudencia sobre un caso similar al de cataluña...es absurdo que usen una jurisprudencia de alta traición en un caso que no tiene nada que ver.
A mi al menos me parece mucho mas disparatado o incluso cercano al totalitarismo que tu ves por todos lados cuando hablamos de España el que unas protestas subidas de tono cerca de un aeropuertto puedan ser catalogadas de alta traición y una DUI no...
Fijate, según tu y tu admirado y megasuperdemocrático juez alemán las protestas de Astilleros Cádiz que cortan el puente carranza cuando se tuercen las cosas serían merecedoras de hasta 30 años
El juez carecía de jurisprudenica respecto a hechos similares.Y entrando a valorar las pruebas cómo he razonado antes hace primar la tipificación facultativa sobre el mutuo reconocimeinto. Cosa que no habría sido así se meramente se hubiese centrado en legislación comparada. Ha funcionado mas cómo un proceso de extradición normal (donde se actúa así, en modo "instrucción paralela") mas que cómo en una euroorden

Y aquí tu gran pirueta final

Por una parte consideras que el juez alemán no ha desautorizado al juez español y por tanto ha respetado la euroorden
Pero a su vez te da la razón porque ha desautorizado al juez español

Una cosa y la contraria al mismo tiempo,

Di que si, Avicena,

Me abstengo de clasificar que es eso. Solo decirte que explícitamente dice que España es un estado democrático y que en ningún caso existe persecución por temas ideológicos ni presos políticos .
Pero si, te da la razón, por supuesto :facepalm:

A mi me parece que si lo que ha hecho Puigdemont lo hace un Von Puchi, presidente del Lander de Baviera el tío no solo se come 30 años por alta traición , sino que reabren a tal efecto para él la cárcel de Spandau

saludos
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Miguel O
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Re: ¿Qué será primero, la independencia o la suspensión de la autonomía catalana?

Mensaje por Miguel O »

Si esto no os parece suficiente día de la marmota:

https://www.catalunyapress.es/texto-dia ... simbolicos No os perdais:
https://elpais.com/politica/2018/07/17/ ... 13800.html

Son unos maestros en eso de tomar por subnormal profundo al pueblo.
Trapos y tontos. Herramienta de control solo igualable a las sectas...
El_Patrón
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Re: ¿Qué será primero, la independencia o la suspensión de la autonomía catalana?

Mensaje por El_Patrón »

648 páginas y sigue.

¿Quién apuesta que este tema va a pasar de las 100.000?
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Atila
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Re: ¿Qué será primero, la independencia o la suspensión de la autonomía catalana?

Mensaje por Atila »

'

El Govern planea su otoño caliente.

https://www.lavanguardia.com/politica/2 ... a-rey.html
... Despierta! ...
... "La Verdad te hará libre" ...

http://www.bodegalesusers.es/
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Logan
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Re: ¿Qué será primero, la independencia o la suspensión de la autonomía catalana?

Mensaje por Logan »

A mi me da que los politicos alemanes habrian actuado como los britanicos y canadienses, hubieran hecho un referendum, aquí la democracia está en pañales y es fruto de un pacto con totalitarios donde la unidad de España está por encima de todo, incluida la Consti.
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Regshoe
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Re: ¿Qué será primero, la independencia o la suspensión de la autonomía catalana?

Mensaje por Regshoe »

En Alemania la gente guardó el pin del NSDAP en un cajon y siguió su vida tal cual.
Pero claro, ellos son una raza superior :jojojo
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SanTelmo
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Re: ¿Qué será primero, la independencia o la suspensión de la autonomía catalana?

Mensaje por SanTelmo »

Sí mira, de hace menos de dos años.

https://www.elperiodico.com/es/politica ... ra-5726056
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gálvez
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Re: ¿Qué será primero, la independencia o la suspensión de la autonomía catalana?

Mensaje por gálvez »

Si yo también pienso que alemanes, canadienses o británicos habrían actuado de igual modo contra un presidente regional que hubiese desacatado a los tribunales, montado ilegal y unilateralmente un referendum fraudulento, que se hubiese saltado la ley, malversado fondos públicos y declarado unilateralmente la independencia .....encarcelando al sujeto por orden judicial (de los británicos , dado su pragmatismo, me queda la duda de si lo hubiesen asesinado, pero seamos bienpensados)

saludos
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Atila
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Re: ¿Qué será primero, la independencia o la suspensión de la autonomía catalana?

Mensaje por Atila »

'

Societat Civil denuncia una agresión en la calle a su secretario en Lleida.

La entidad lo considera “una consecuencia más del clima de tensión y fractura” en Catalunya.

El secretario de la agrupación territorial de Societat Civil Catalana (SCC) en Lleida, Oriol Casanovas, ha denunciado ante los Mossos d’Esquadra una agresión física que ha sufrido este jueves a las 12.30 horas en la capital del Segrià, y solicitará las grabaciones de los hechos que han quedado registradas en dos cámaras públicas, según ha informado la entidad en un comunicado.
Según explica SCC, cuando Casanovas se encontraba en la calle Major repartiendo panfletos de un restaurante, una persona lo ha cogido por el cuello desde atrás y le ha dado “una bofetada con la mano abierta en la cara” y a continuación le ha amenazado diciéndole que vaya con cuidado porque hay más gente que sabe quién es y lo que hace.

… El resto en:

https://www.lavanguardia.com/politica/2 ... leida.html
... Despierta! ...
... "La Verdad te hará libre" ...

http://www.bodegalesusers.es/
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Ganímedes
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Re: ¿Qué será primero, la independencia o la suspensión de la autonomía catalana?

Mensaje por Ganímedes »

Si, si, si, pero olvidas añadir que antes de todo eso le hubiesen dado una patada a su constitución obviamente, paso necesario para poder hacer lo que tú dices.
Pero no tengo nada claro que en el resto del mundo la gente sea tan imaginativa al leer las constituciones como vosotros, hasta apostaría a que más bien se las toman en serio y las hacen respetar. Pero es solo una opinión mia, obviamente.
Jordi "el catalán":
-Los jueces no deben actuar de forma libre e independiente
-Los políticos están para legislar, no para cumplir las leyes

Así lo dijo, lo juro :)
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